El Real Ávila, sancionado con 1.000 euros por los insultos racistas de varios aficionados a un jugador del Bergantiños
El club ha sido multado por “pasividad en la represión de conductas xenófobas”

Estadio Adolfo Suárez. Ávila / Real Ávila

Ávila
El Real Ávila ha sido sancionado con 1.000 euros por los graves insultos racistas que recibió el jugador del Bergantiños, Omar Ouhdadi, por parte de varios aficionados abulenses, a la conclusión del último partido de liga, en 2ª RFEF.
Según aparece recogido en los acuerdos del Juez Disciplinario Único, el Real Ávila ha sido multado por "pasividad en la represión de conductas xenófobas".
Código Disciplinario
En el artículo 107, del Código Disciplinario, bajo el título "Represión pasiva de conductas violentas, xenófobas o intolerante" se recoge que:
La pasividad en la represión de las conductas violentas, xenófobas e intolerantes y de las conductas descritas en el artículo 69 bis, cuando por las circunstancias en las que se produzcan no puedan ser consideradas como infracciones muy graves conforme al apartado anterior será considerada como infracción de carácter grave y podrán imponerse las siguientes sanciones:
1º) Inhabilitación para ocupar cargos en la organización deportiva o suspensión o privación de licencia federativa, con carácter temporal, cuando el responsable de los hechos sea una persona con licencia deportiva. La sanción a imponer será de un mes a dos años o de cuatro o más encuentros en una misma temporada.
2º) Sanción pecuniaria para los clubes, técnicos, futbolistas, árbitros y directivos en el marco de las competiciones profesionales, de 6.001 a 18.000 euros.
3º) Sanción pecuniaria para los clubes, técnicos, futbolistas, árbitros y directivos en el marco de las competiciones no profesionales, de 500 a 6.000 euros.
4º) Clausura total del recinto deportivo de uno a tres partidos, o de dos meses.
Con carácter previo a la clausura de instalaciones deportivas, cuando el hecho causante se produzca en solo sector o grada, podrá imponerse, valorando las circunstancias concurrentes y la gravedad de los hechos, la sanción de clausura parcial del recinto deportivo por el mismo periodo de tiempo expresado en el párrafo anterior. Adicionalmente a lo anterior, la sanción de cierre parcial tendrá que ser concreta y clara en relación al sector de la grada que deba ser objeto de la medida, siendo de aplicación para ese sector todo aquello previsto en el presente Código Disciplinario.
5º) Pérdida de puntos o puestos en la clasificación, en los términos del presente ordenamiento jurídico.
Finalmente, la sanción ha sido de 1.000 euros.
Antecedente
El Real Ávila, que todavía no ha identificado a los autores de los hechos, ya fue multado en 2022, por un episodio similar, en un partido de Tercera División, frente al Atco. Astorga.
Más información
En aquella ocasión, la multa fue de 500 euros.

Álex García
Desde 1998, en Cadena SER Ávila . Especializado en deportes. Responsable de SER Deportivos Ávila. Durante...