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El Consejo de Cuentas recomienda al Ayto de Palencia difundir las medidas de conciliación de la vida personal y familiar

El órgano de control recomienda al consistorio remitir su plan de igualdad de empleados públicos al Registro de Planes de Igualdad de las Administraciones Pública

Reunión del Consejo de Cuentas

Reunión del Consejo de Cuentas

Palencia

El Pleno del Consejo de Cuentas aprobó hoy el informe de fiscalización del cumplimiento de la normativa en materia de planes de igualdad por los municipios de más de 20.000 habitantes de Castilla y León (las 9 capitales de provincia más los ayuntamientos de Aranda de Duero, Miranda de Ebro, Arroyo de la Encomienda, Laguna de Duero y Medina del Campo).

El Consejo de Cuentas opina que los ayuntamientos fiscalizados han cumplido con su competencia legalmente atribuida sobre promoción de la igualdad entre hombres y mujeres, y lucha contra la violencia de género, utilizando como instrumentos de actuación los planes municipales externos de igualdad de oportunidades, de conformidad con la Ley Orgánica de Igualdad, la Ley reguladora de bases de régimen local y la Ley 1/2003, de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres de Castilla y León.

También, mayoritariamente, los ayuntamientos han cumplido con su obligación de aprobar un plan interno de igualdad de los empleados públicos como compromiso con la igualdad de trato y oportunidades entre hombres y mujeres, y con la lucha contra la discriminación por razón de sexo.

La mayor parte de las entidades ha financiado sus actuaciones en materia de igualdad, tanto con recursos ajenos, entre los que destacan los provenientes del pacto de Estado contra la violencia de género, como con recursos propios. También la Junta de Castilla y León ha concedido subvenciones en esta materia a la mayoría de los ayuntamientos. Destaca el gasto realizado y el coste de las actuaciones llevadas a cabo por el Ayuntamiento de Palencia, entre otros.

La capital palentina es una de las cuatro entidades fiscalizadas que fijan en su Plan Municipal de Igualdad un calendario específico o marca un plazo para sus actuaciones.

Con carácter general, se han cumplido los requisitos de registro de los planes, aunque el Ayuntamiento de Palencia es uno de los que tiene pendiente este trámite. Sí ha cumplido con los requisitos de publicidad, ajustándose su contenido, con carácter general, a la normativa básica reguladora de la función pública y a la Ley Orgánica de Igualdad.

También recoge esta fiscalización que el Ayuntamiento de Palencia es uno de los seis que, pese a prever el seguimiento y evaluación de su plan de igualdad de empleados públicos y de los objetivos definidos en el mismo, no lo ha efectuado.

Como consecuencia de las 41 conclusiones que refleja el informe y de la opinión emitida, la institución realiza 10 recomendaciones al conjunto de las entidades fiscalizadas, tanto sobre los planes de igualdad externos (planes municipales de igualdad de oportunidades), como sobre los internos (planes de igualdad de los empleados públicos), así como también sobre la ejecución de los planes.

Con relación al Ayuntamiento de Palencia, en el ámbito de su plan de igualdad de empleados públicos (interno) el Consejo de Cuentas recomienda que debiera remitirlo al Registro de Planes de Igualdad de las Administraciones Públicas.

Además, se recomienda a la capital palentina que debería realizar el seguimiento y evaluación de los objetivos previstos en sus planes internos de igualdad de los empleados con la periodicidad establecida.

En cuanto a la ejecución de estos planes, se recomienda al ayuntamiento llevar a cabo las acciones o medidas sobre formación en la prevención y eliminación de la violencia de género conforme a su previsión en el plan municipal.

También, el Consejo de Cuentas recomienda al consistorio que debería difundir entre su personal el conocimiento de las medidas de conciliación de la vida laboral y personal, debiéndose verificar el cumplimiento de estas acciones a través de los indicadores definidos.

El informe que hoy divulga el Consejo de Cuentas es una auditoría combinada (legalidad y operativa) en la que se ha verificado el cumplimiento de la normativa en materia de igualdad entre hombres y mujeres, y se han analizado las actuaciones desarrolladas por las entidades locales para hacer efectivo dicho principio.

Comprobando en primer lugar el cumplimiento en 2023 de la normativa sobre planes de igualdad, tanto internos como externos, y en segundo término analizando las iniciativas llevadas a cabo en el marco de la planificación aprobada, así como su evaluación y seguimiento.

En el ámbito externo, los planes municipales de igualdad de oportunidades constituyen el instrumento de actuación administrativa para el desarrollo y aplicación de las políticas públicas de igualdad y la lucha contra la violencia de género. Con carácter interno, los planes de igualdad de los empleados públicos se dirigen a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres.

La fiscalización concluye que 11 de estos 14 ayuntamientos, entre ellos el de

Palencia, aprobaron un plan de igualdad de los empleados públicos y los otros tres lo tienen en tramitación. El diagnóstico previo realizado por la capital palentina contiene una referencia expresa a la prevención del acoso sexual y se refiere a protocolo de prevención.

En este ámbito, el de Palencia es uno de los ayuntamientos que pondera pruebas físicas o prevé la revisión de los requisitos, tipos de pruebas y baremos utilizados en los procesos selectivos en caso de impacto negativo de género, cuya razonabilidad y proporcionalidad pasaría por un análisis exhaustivo de los requisitos y capacitación necesarios para el desempeño de este tipo de puestos de trabajo de exigencia física, en virtud de las funciones y tareas que a los mismos se atribuyen.

Sobre la comprobación de la ejecución de su plan de igualdad interno, el informe señala que el Ayuntamiento de Palencia es uno de los que no han llevado a cabo el objetivo de promoción y difusión de la conciliación de la vida personal y familiar. De ahí, las recomendaciones apuntadas al respecto.

La Constitución Española recoge en su artículo 14 como derecho fundamental la igualdad de las personas ante la Ley y prohíbe cualquier tipo de discriminación, entre otras, por razón de sexo. Además, en su artículo 9.2 consagra la obligación por parte de los poderes públicos de promover las condiciones para que esa igualdad sea efectiva.

Sobre el papel específico de las entidades locales, la Ley Orgánica para la igualdad efectiva de mujeres y hombres de 2007, señala que “integrarán el derecho de igualdad en el ejercicio de sus competencias y colaborarán, a tal efecto, con el resto de las Administraciones Públicas”.

 

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