Pacientes de SACYL reciben 0,09 euros/km por desplazamiento para tratarse frente a los 0,26 euros de los procuradores
Los enfermos que precisan tratamiento en una provincia distinta a la suya reclaman a la Junta mejoras en las ayudas por desplazamiento, manutención y pernoctación
Valladolid
Por cada kilometro, la Junta abona 0,09€, nada que ver con los 0,23€ que se les paga a los trabajadores públicos que utilizan su vehículo para desplazarse por motivos laborales o los 0,26€ que reciben los procuradores autonómicos cuando acuden a los plenos o comisiones de las Cortes.
Ángel fue diagnosticado en 2018 de una enfermedad cuyo tratamiento SACYL decidió que tenía que llevarse a cabo en una ciudad diferente a la suya. Ángel es de Valladolid y su patología, a día de hoy, continua siendo tratada en el hospital de Salamanca. Desde 2018 hasta ahora, Ángel y su acompañante se han visto obligados a trasladarse de manera continua desde su lugar de residencia habitual hasta la unidad donde le han aplicado el tratamiento primero y el seguimiento del mismo después. Se cuentan por cientos los viajes que este paciente lleva acumulados, algo de lo que no se queja, no tiene más que palabras de agradecimiento al equipo que según dice "le ha salvado la vida". Lo que critica es el montante del que está provisto el sistema de ayudas económicas que la Junta ha dispuesto para que el desembolso económico para pacientes como él no suponga un problema añadido al de la enfermedad.
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Según la tabla de ayudas por la que se rige el derecho de Ángel y otros muchos pacientes que cumplen las condiciones establecidas, un viaje ida y vuelta a Salamanca es compensado por la Junta con 21,6€. Por ese mismo viaje entre Valladolid y Salamanca a un trabajador público que se traslada con su coche se le abona en estos momentos 55,2€ y un procurador por Salamanca que viaja a Valladolid para asistir a alguna sesión de las Cortes recibe 62,4€. No se pone en cuestión lo que cobran tanto los empleados públicos como los procuradores por idéntico desplazamiento, lo que parece muy evidente es que los enfermos que no tienen más remedio que viajar por obligación a partir de la orden de SACYL, no están siendo debidamente compensados.
6€ para su manutención
Si la liquidación por gastos de locomoción no se caracteriza por su generosidad, lo que la Junta estima suficiente para comer y cenar si fuera preciso, resulta totalmente extemporáneo. Destinar 6€ a gastos de comida es de todo punto insuficiente, pero es lo que en estos momentos se abona previa justificación de gastos, algo que también requiere un replanteamiento ya que el dinero que corresponde a estas personas llega tarde, en algunos casos muy tarde.
Hasta un año y medio para cobrar
Las dos últimas liquidaciones que Angel ha presentado para su abono correspondientes a los años 2022 y 2023 acumulan un retraso en el cobro de 17 y 9 meses respectivamente. La Junta exige ahora cuentas separadas del paciente y el acompañante, lo que ralentiza el proceso y complica la tramitación. Para que la persona que acompaña al enfermo pueda incluir sus gastos tiene que haber contado antes con la autorización del facultativo. Tengamos en cuenta que muchos de los enfermos son menores de edad o están afectados por problemas de movilidad en no pocos casos.
Escucha la entrevista de Javier Cuevas, director de Contenidos de la SER en Castilla y León a Angel, paciente desplazado para el tratamiento de su enfermedad a un hospital ubicado en una ciudad distinta a la suya.
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La reivindicación de los enfermos desplazados se recoge en una de las enmiendas que Soria Ya presenta a los presupuestos de la Comunidad. Su portavoz Angel Ceña pide a la Junta que sea sensible a las dificultades económicas que se suman, en el caso de muchas personas, al diagnostico de una grave enfermedad y que actualice las ayudas a la realidad ya que lo destinado a este fin en la actualidad resulta claramente insuficiente. Ceña propone que si un paciente fallece en el hospital al que ha sido desplazado, sea SACYL quien corra con los gastos derivados del traslado del cadáver a su localidad de residencia.
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Así se recoge en el BOCYL, el derecho a la percepción de las ayudas
CAPÍTULO II
Ayudas para el desplazamiento con fines asistenciales Artículo 4. Beneficiarios de las ayudas para el desplazamiento con fines asistenciales. 1. Serán beneficiarios de las ayudas para el desplazamiento con fines asistenciales a una provincia distinta a la su residencia dentro o fuera de la Comunidad Autónoma, los pacientes en los que, reuniendo los requisitos del artículo 3, concurra alguna de las siguientes condiciones: a) Ser menor de 18 años. b) Tener reconocida una discapacidad de grado igual o superior al 66%. c) Estar en situación de dependencia, como mínimo en grado II. d) Ser paciente oncológico que tenga que desplazarse para que se le administre el tratamiento de quimioterapia y/o radioterapia. e) Ser paciente en espera de trasplante. f) Ser perceptor de rentas de integración social, pensiones no contributivas o tener la condición de desempleado que ha agotado el derecho a percibir el subsidio de desempleo en tanto subsista su situación. g) Tener un nivel de renta, tal y como se consigna en la casilla de base liquidable general y de ahorro de la declaración del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas, inferior a los 18.000 € anuales. 2. Serán beneficiarios de las ayudas para el desplazamiento con fines asistenciales dentro de la misma provincia a la de su residencia, los pacientes que reuniendo los requisitos del artículo 3, además de cumplir con alguna de las condiciones señaladas en el apartado anterior, deban ser sometidos a un tratamiento prolongado. Se encuentran en situación de tratamiento prolongado los pacientes sometidos a terapias de diálisis, rehabilitación, quimioterapia y radioterapia. La Inspección médica valorará la procedencia de estas ayudas en otros supuestos de tratamiento prolongados que justifiquen clínicamente el desplazamiento.
La Ventana Castilla y León
Javier Cuevas
Director de contenidos de la SER en Castilla y León. Ingresa en la SER en 1991. Periodista y licenciado...