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El Consejo de Ministros aprueba ayudas para los afectados por las inundaciones de enero en varias zonas de Castilla y León

También establece varias bonificaciones fiscales

Inundaciones en Viana de Cega (Valladolid) por la crecida del río Cega / Leticia Pérez ICAL

Inundaciones en Viana de Cega (Valladolid) por la crecida del río Cega

Valladolid

El Consejo de Ministros aprobó hoy ayudas para los damnificados por las inundaciones que el pasado mes de enero afectaron a Castilla y León como consecuencia del paso de la borrasca ‘Juan’, así como por las riadas registradas en Soria a principios de noviembre de 2023, cuando la borrasca ‘Ciarán’ dejó importantes precipitaciones y daños provocados por fuertes rachas de viento. Al mismo tiempo, también han incluido 46 incendios forestales entre los que se encuentran dos de Castilla y León.

Estas ayudas forman parte de un amplio paquete en el que también se incluyen ayudas a las víctimas del incendio urbano que se produjo el pasado 22 de febrero en Valencia, para los afectados por la contaminación por pellets que sufrieron las costas de Galicia, Asturias y Cantabria y para otras 57 emergencias de protección civil.

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El Gobierno ha declarado zonas afectadas gravemente por una emergencia de protección civil (Zaepc) los territorios afectados por estos episodios catastróficos, que provocaron daños personales, en infraestructuras y en bienes públicos y privados, así como daños en masas forestales, cultivos y explotaciones agropecuarias, polígonos industriales y otras instalaciones productivas.

Las medidas de recuperación previstas en este acuerdo, y cuya ejecución corresponde al Ministerio del Interior, son las siguientes: por fallecimiento o por incapacidad absoluta y permanente, 18.000 euros; por destrucción o daños en enseres de primera necesidad: el coste con un límite de 2.580 euros; por destrucción total de la vivienda habitual: el coste de los daños, con un máximo de 15.120 euros; por daños a la estructura de la vivienda habitual: el 50 por ciento de los daños, con un máximo de 10.320 euros; por otros daños en la vivienda habitual: el 50 por ciento de los daños, con un máximo de 5.160 euros.

Además, también se recogen ayudas por daños a elementos comunes de una comunidad de propietarios: el 50 por ciento de los daños, con un máximo de 9.224 euros; ayudas a personas físicas o jurídicas que hayan llevado a cabo prestaciones personales y de bienes: el importe total de los gastos; ayudas a los titulares de establecimientos industriales, mercantiles y de servicios, incluidos los agrarios, marítimo-pesqueros y turísticos: hasta 9.224 euros, y ayudas a corporaciones locales por gastos derivados de actuaciones inaplazables: entre el 50 y el 100 por cien, según los casos.

El acuerdo aprobado por el Consejo de Ministros abre la posibilidad de adoptar otras medidas de ayuda, condicionadas a lo que establezcan las órdenes ministeriales dictadas por cada uno de los diferentes departamentos competentes para desarrollarlas. Así, el Ministerio de Hacienda concretará la exención en la cuota del Impuesto sobre Bienes Inmuebles y la reducción en la cuota del Impuesto sobre Actividades Económicas que corresponden a los receptores de estas ayudas, que como es habitual estarán exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas las ayudas por daños personales.

Además, los ministerios de Trabajo y Economía Social y de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones podrán desarrollar medidas laborales y de Seguridad Social como bonificaciones y exenciones de cuotas de Seguridad Social, mientras que el Ministerio de Política Territorial concederá ayudas, por un importe de hasta el 50 por ciento, a los proyectos que ejecuten las entidades locales para reparar infraestructuras, instalaciones y equipamientos municipales.

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