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Archivada la causa del incendio del Arlanza: el juzgado indica que la prohibición de cosechar nunca fue publicada por la Junta

También indica que se desconoce la causa exacta del fuego, por lo que es imposible atribuir responsabilidades a los investigados

Dos de los helicópteros de la UME tomando tierra cerca del Puesto de Mando Avanzado del operativo contra el incendio, entre las localidades de Santo Domingo de Silos y Santibáñez del Val. / Foto: Radio Castilla

Dos de los helicópteros de la UME tomando tierra cerca del Puesto de Mando Avanzado del operativo contra el incendio, entre las localidades de Santo Domingo de Silos y Santibáñez del Val. / Foto: Radio Castilla

Lerma

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Lerma ha acordado el sobreseimiento provisional y archivo del procedimiento abierto tras el incendio que arrasó más de 2.500 hectáreas en julio de 2022 en la comarca del Arlanza. Un fuego que se originó en un paraje del término municipal de Tejada y se extendió por el parque natural de Sabinares de Arlanza-La Yecla.

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Según indican los servicios de comunicación de la administración de justicia en Castilla y León, dos son los motivos por los que el juzgado aparca la investigación: el desconocimiento de la causa exacta del fuego y, por tanto, la imposibilidad de atribuir responsabilidad a los investigados y la falta de eficacia en aquel momento de la prohibición de la Junta de no realizar labores agrícolas en las horas centrales del día al no haber sido publicada.

Concretamente el auto de sobreseimiento indica que “efectuadas las oportunas averiguaciones, la Resolución citada nunca fue oficialmente publicada, con lo que ello conlleva a los efectos previstos y regulados en el art. 39 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, según el cual, los actos administrativos como la Resolución a que se alude son eficaces desde que se dictan, salvo que tal eficacia esté supeditada a la notificación o publicación del acto”

Por lo que se refiere a la responsabilidad de las personas que han sido investigadas en la causa el juzgado indica que “no se han reunido en la causa indicios suficientes que permitan tener por acreditado que la conducta de los investigados el día de los hechos reuniera los presupuestos típicos del ilícito que se investiga”.

 
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