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Ley Amnistía

Llarena sostiene que hay que dirimir si una ley de amnistía tiene encaje constitucional y si procede en el supuesto de los condenados del 'Procés'

El juez instructor del caso de la declaración de autodeterminación de Cataluña duda de que lo que pide ''este señor'' se ajuste a los principios constitucionales

El magistrado de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, Pablo Llarena, en su conferencia en la Universidad de Burgos / Radio Castilla

El magistrado de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, Pablo Llarena, en su conferencia en la Universidad de Burgos

Burgos

El juez instructor del caso del 'Procés', Pablo Llarena, sostiene que antes de hablar de amnistía a los condenados por la declaración unilateral de independencia de Cataluña, hay que dirimir si esa norma tendría encaje constitucional y después, si procede en este supuesto.

Aunque dice no poder posicionarse sobre el cabe o no la amnistía hasta que se resuelva el debate jurídico, encuentra que hay sectores doctrinales que plantean que la supuesta ley de amnistía vulneraría los principios constitucionales de Separación de poderes entre legislativo y judicial, y el de de Igualdad ante la ley, por lo que la petición de un solo individuo no parece suficiente para que las Cortes tomen una decisión tan arriesgada.

''Si hay una finalidad constitucionalmente legítima que justifica que desactivemos como con un mando a distancia determinados principios constitucionales esenciales como el de la separación de poderes y el de la igualdad ante la ley, pues vamos a ver, asevera Llarena.

''Si la razón por la que se da la amnistía justifica esta quiebra o está limitación de los principios constitucionales y después lo siguiente que habrá que ver es si verdaderamente el texto de la ley deriva de las razones que se dan en la exposición de motivos''.

''Lo que habrá que ver es si lo que este señor reclama se ajusta a los principios constitucionales. Es verdad que él promete prestar un apoyo político que favorezca la investidura en favor de uno u otro candidato. No parece que esa razón pues tenga fuerza bastante porque pues porque la propia Constitución prevé lo que hay que hacer si no se obtienen los votos necesarios''.

Pablo Llarena continúa diciendo que ''este señor bueno pues dice que su actuación ha sido legal bien pero lo cierto es que después de un procedimiento los indicios son de que no ha sido así y lo cierto es que el delito de malversación no se ha derogado y persiste y es verdad también que además se jacta de que de que como tiene derecho a hacerlo, cosa que desmintió el tribunal constitucional en el sentido de que existiera un derecho de autodeterminación, está en condiciones de volver a hacerlo porque está en su derecho volver a hacerlo''.

Por otro lado, recuerda Llarena, quien pide la amnistía a cambio de facilitar la investidura del presidente del gobierno, asegura que lo que hizo fue legal, que la autodeterminación es un derecho y que volvería a hacerlo.

Llarena recuerda que, entre otros delitos, está condenado por un delito de malversación, que no ha sido derogado. La amnistía puede no ser inconstitucional per se, aunque no hay un criterio uniforme en el Poder Judicial, que carece de elementos suficientes para un posicionamiento sin conocer los términos que se puedan plantear para su redacción legal.

El juez del Tribunal Supremo, el burgalés Pablo Llarena, ha pronunciado la conferencia inaugural del Master de Abogacía y Procura, que por primera vez se imparte en la UBU de forma combinada.

 
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