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Condenadas a once y nueve meses de prisión las dueñas de un criadero ilegal de perros en Valladolid

Deberán indemnizar al Ayuntamiento con casi 14.600 euros

Los perros fueron hallados en un criadero ilegal / @PoliciaVLL

Los perros fueron hallados en un criadero ilegal

Valladolid

Sentencia condenatoria del Juzgado de lo Penal número 3 de Valladolid que fija una pena de once y nueve meses de prisión para las dos hermanas que regentaban un criadero ilegal de perros de raza Yorkshire en un local en la calle Santa Clara de capital. También se determina que deben ser inahbilitadas para la tenencia o cualquier trabajo que implique trato con animales; en una de las hermanas se le impone por per´´iodo de casi tres años, dos años y nueve meses, en concreto, así como dos años y cinco meses para la otra. Considera el juez "de especial gravedad" el comportamiento de las acusadas que las "inhabilita como cuidadoras de animales" al demostrar una "absoluta despreocupación por el bienestar de los mismos", según se recoge en la sentencia.

Además, deberán indemnizar al Ayuntamiento con 14.559 euros por los gastos veterinarios que hubo que dar a los 52 perros que mantenían, una vez fueron rescatados tras la intervención de la Policía Local a partir de la llamada de una vecina del inmueble en abril de 2020.

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La sentencia es contundente a la hora de determinar la responsabilidad de las mujeres en los hechos y para justificar la comisión de un delito de maltrato anual. En la resolución, a la ha tenido acceso la Cadena SER de fuentes jurídicas, se apunta que ambas eran "bien conocedoras" de su comportamiento y de sus consecuencias cuando al personarse la Policía Municipal para la entrada en el local "pusieron todas las trabas posibles", desde la inexistencia de llaves para abrir porque se las había llevado una de ellas hasta la "necesidad de acudir al cuarto de baño", hasta el punto de uno de los agentes actuantes relató que tardaron 45 minutos e permitir el acceso, "tiempo más que suficiente" para intentar su propósito de engañar a los agentes ocultando a los animales en la zona trasera del local y las jaulas y cubos con cajas de cartón.. Una vez dentro del local tal era el hedor y la persistencia de los ruidos de los animales" que los agentes continuaron con su búsqueda hasta localizar a la casi totalidad de animales cerrados a oscuras en una de las dependencias. Si la situación hubiera sido de cuidado exquisito a los animales-remacha el magistrado- "no hubieran temido" que la presencia policial supusiera la pérdida de los canes.

Continuaron con la cría ilegal de cachorros

También se desmonta en la sentencia -ante la que se puede interponer recurso- otra de las justificaciones planteadas por la ahora condenadas y su representación legal: que disponían de medios económicos suficientes para atender a los animales tanto veterinaria como asistencialmente y que su traslado a Valladolid fue motivado por la declaración del estado de alarma. El estado de salud general de los animales lo que revela, dice el juzgador, es que el "descuido y falta de atención sanitaria" venía produciéndose "desde mucho tiempo antes a ese pretendido traslado del mes de marzo" y añade que no había machos de una edad equivalente a la de las hembras, lo que permite afirmar "que las acusadas se dedicaban a la misma actividad que la de su difunto padre", es decir a la cría y venta no legalizada de perros de raza Yorkshire, cría que mantenían al tiempo de la intervención policial porque 17 de los 52 animales eran cachorros.

En la sentencia se atiende de forma parcial uno de los atenuantes planteada por la defensa y que apuntaban a la existencia del síndrome de Noé en una de ellas, que le empuja a tener animales incluso cuando no tiene capacidad para garantizar un trato adecuado y unas condiciones dignas para ellos. En est sentido, el magistado explica en su resolución que el síndrome acumulativo de la acusada es "exclusivo y excluyente", y razona el juez que la clínica forense vinculada a dicha patología establece que quienes lo padecen se caracterizan por la acumulación de animales "de cualquier raza y edad, muchos de ellos recogidos en la vía pública". En este caso lo que hay, aclara el magisgtrado, es la "acumulación de una única raza de perros, de diversas edades porque lo que ocurre es la existencia de una actividad de cría prolongada en el tiempo". Al margen de ello la capacidad de entender se "mantiene intacta en la acusada", algo que la sentencia fundamenta en que toda su actividad, "en cooperación con su hermana", trataba de hacer "invisible a la autoridad" la existencia de los animales, incluso el día de la intervención policial, no sólo por no perder la posesión de los perros, sino por "ser consciente de que se estaba cometiendo una infracción constante en materia de bienestar animal", que ha desembocado en la actual sentencia, de ahí que se aprecie la concurrencia de la "atenuante analógica", concluye el juez.

Mario Alejandre

Mario Alejandre

Cuenta lo que pasa en Valladolid y en Castilla y León desde que se incorporó a la SER, en el verano...

 

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