Sociedad | Actualidad

UGT Palencia denuncia que las actuaciones llevadas a cabo por el INSS de Palencia “crean indefensión” entre los trabajadores

Así se recoge en el escrito que el secretario provincial de UGT Palencia, Gorka López Prieto, ha dirigido al INSS donde le insta a corregir esa práctica

Gorka López, secretario provincial de UGT en Palencia / Ana Mellado

Gorka López, secretario provincial de UGT en Palencia

Palencia

UGT Palencia ha instado al Instituto Nacional de la Seguridad Social en Palencia (INSS) a que corrija una práctica que “crea indefensión en el administrado” porque “está comunicando a los trabajadores resoluciones de alta y de denegación de incapacidad permanente que establecen una fecha de efectos anterior en el tiempo a la de notificación al interesado y, en muchos casos, incluso anterior a la de registro de salida de dicha Administración”.

Así se recoge en el escrito que el secretario provincial de UGT Palencia, Gorka López Prieto, ha remitido a la Comisión Provincial del INSS, en el que además indica que cuando el trabajador recibe las notificaciones han transcurrido días e incluso semanas de los efectos del alta o de la denegación de incapacidad permanente que se le notifica, lo que supone “que han transcurrido días o semanas sin cotizaciones, sin prestaciones ni salarios, sin saberlo el trabajador y sin poder remediar tal situación incorporándose a su puesto de trabajo por desconocimiento”.

En este sentido, ha resaltado la importancia que a este tipo de notificación, recogida en la Ley de Procedimiento Administrativo, se otorga desde la Sala 3ª, sección 4ª del Tribunal Supremo en sentencias como la dictada el 30 de abril de 1998 en la que se manifiesta que “lo importante y trascendente de toda notificación es que llegue a conocimiento del interesado la actuación de la Administración y ello en condiciones tales que le permita conocer el contenido de la diligencia a fin de que pueda utilizar los medios de defensa oportunos”.

Además, el responsable de UGT en Palencia también se basa en las sentencias del Tribunal Constitucional nº 21/2003, de 10 de febrero y la nº 55/2003, de 24 de marzo que señalan que las notificaciones “tienen la finalidad material de llevar al conocimiento de los afectados las resoluciones judiciales, o administrativas, con objeto de que puedan adoptar la postura que estimen pertinente para la defensa de sus intereses, evitando que se produzcan situaciones de indefensión”.

“Lo contrario a esto es una vulneración de la norma” ha señalado López Prieto, “que genera indefensión e inseguridad jurídica al administrado porque al desconocer el contenido de la resolución administrativa no puede poner en marcha las actuaciones necesarias para defender sus derechos, acudir a su puesto de trabajo y percibir los salarios que, una vez que no existe prestación de IT, constituyen su medio de vida y de su familia”.

 
  • Cadena SER

  •  
Programación
Cadena SER

Hoy por Hoy

Àngels Barceló

Comparte

Compartir desde el minuto: 00:00