Investigado un conductor de camión que casi sextuplicaba la tasa de alcohol en Motilla del Palancar
El individuo, que superaba el 0,60 mg/l, fue interceptado por la Guardia Civil gracias al aviso de un ciudadano.
Un agente de la Guardia Civil realiza un control de alcohol / Ana Corbatón del Campo
Motilla del Palancar
La Guardia Civil del Destacamento de Tráfico de Motilla del Palancar investigó a un varón 48 años por la comisión de un delito contra la seguridad vial, al ofrecer resultado positivo en las pruebas de alcoholemia de 0,86 y 0,90 miligramos de alcohol por litro de aire espirado. La tasa de alcohol permitida para conducir estos vehículos es de hasta 0,15 mg/l, por lo que el individuo casi sextuplicaba la cantidad permitida. El conductor fue interceptado en la carretera N-3, Madrid – Valencia, a la altura del pk199 dentro del término municipal de Motilla del Palancar.
La actuación se produjo tras el aviso de un ciudadano que, mediante llamada telefónica al 112, informó que una persona con síntomas de haber bebido, conducía un camión. Desde el centro de urgencias se pasó aviso a la central COTA de la Guardia Civil de Tráfico, que alertó a una patrulla logrando detener al vehículo articulado. En el momento de la interceptación, el vehículo habría recorrido unos 20 kilómetros desde que inició la conducción y el individuo mostraba claros síntomas de encontrarse influenciado por la ingesta de bebidas alcohólicas.
Tras la realización de las pruebas de detección de bebidas alcohólicas, se procedió a la investigación del conductor como supuesto autor de un delito contra la seguridad vial, por “conducir un vehículo a motor o ciclomotor con una tasa de alcohol superior a 0,60 mg/l de aire espirado”; remitiendo las diligencias al Juzgado de Instrucción de Guardia de los de Motilla del Palancar (Cuenca). Se recuerda que la tasa de alcohol permitida para conducir este tipo de vehículos es de hasta 0,15 mg/l de aire espirado, pasando a ser delito, cuando la cantidad supera 0,60 mg/l.
Según destaca la Dirección General de la Guardia Civil, el conductor se enfrenta a penas que pueden ser de prisión de 3 a 6 meses o con multa de seis a doce meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días. En cualquier caso, no tendrá derecho a conducir vehículos a motor o ciclomotores por tiempo superior a 1 y hasta 4 años.