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El Gobierno de Castilla-La Mancha modifica el registro de parejas de hecho para facilitar la inscripción

Se van a poder beneficiar personas con discapacidad, víctimas de violencia de género o extranjeros sin autorización de residencia legal en España

Juan Alfonso Ruíz Molina, consejero de Administraciones públicas / David Esteban

Juan Alfonso Ruíz Molina, consejero de Administraciones públicas

Toledo

El Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha ha aprobado una modificación del decreto de registro de parejas de hecho en el que se introducen mejoras en los trámites de inscripción y que beneficia sobre todo a extranjeros, enfermos graves, presos, víctimas de violencia de género y personas con discapacidad.

El consejero de Hacienda y Administraciones Públicas, Juan Alfonso Ruiz Molina, ha informado en una rueda de prensa de asuntos tratados en la reunión semanal del gabinete, como esta modificación en el registro de parejas de hecho en el que en la actualidad hay más de 7.600 parejas inscritas.

Ruiz Molina ha explicado que se van a beneficiar los extranjeros al suprimirse el requisito de que, para poder inscribirse, debían tener autorización de residencia legal en España, y en ese sentido ha apuntado que, dado que no se exige este requisito para el matrimonio, "parecía absurdo" mantenerlo en el registro.

También se podrán beneficiar de los cambios los enfermos graves, las víctimas de violencia de género y los presos, ya que no se les va a exigir comparecer personalmente ante el funcionario del registro para proceder a su inscripción.

Asimismo, podrán inscribirse en el registro de parejas de hecho las personas con discapacidad que antes no podían porque carecían de capacidad jurídica para hacerlo y que, tras la reforma del Código Civil, se considera que tienen plena capacidad jurídica y ya podrán registrarse.

El consejero ha destacado que principalmente se beneficiarán de esta modificación las personas con cierta vulnerabilidad social, de manera que el registro de parejas de hecho se moderniza y se adapta a la realidad social y jurídica.

Esta, según ha recordado, es la segunda modificación que se realiza tras haberse eliminado ya el requisito de acreditar un periodo de convivencia y empadronamiento.

 
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