Selecciona tu emisora

Ir a la emisora
PerfilDesconecta
Buscar noticias o podcast

¿Cómo es el Impuesto sobre el Patrimonio en Castilla-La Mancha?

La región es la única de todo el país que no tiene una regulación específica sobre este tributo, en plena polémica por su eliminación en Andalucía

Imagen de recurso sobre pago de impuestos(Getty Images)

Imagen de recurso sobre pago de impuestos

Toledo

Castilla-La Mancha es la única comunidad autónoma que no tiene una regulación propia del Impuesto sobre el Patrimonio. Entonces, ¿cómo se paga este tributo? Pues hay que recurrir a la normativa estatal. Fuentes de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas señalan a la Cadena SER que "la Ley 22/2009, de 18 de diciembre, por la que se regula el sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía y se modifican determinadas normas tributarias, permite a las comunidades autónomas, en relación al Impuesto sobre el Patrimonio, establecer un mínimo exento, un tipo de gravamen o deducciones y bonificaciones fiscales de la cuota. La comunidad autónoma de Castilla-La Mancha no ha ejercido esas competencias."

Así que si nos vamos a la normativa de carácter estatal, se establece que el mínimo exento son 700.000 euros. ¿Qué se considera Patrimonio? Pues, según la Agencia Tributaria "grava el patrimonio neto de las personas físicas, el conjunto de bienes y derechos de contenido económico de los que es titular, con deducción de las cargas y gravámenes que disminuyan su valor, así como de las deudas y obligaciones personales de las que su titular deba responder."

Hay excepciones que se incluyen en el Impuesto sobre el Patrimonio. Por ejemplo, bienes integrantes del Patrimonio Histórico Español, bienes integrantes del Patrimonio Histórico de las Comunidades Autónomas, determinados objetos de arte y antigüedades, el ajuar doméstico (utensilios domésticos y demás bienes muebles de uso particular), derechos de contenido económico, derechos derivados de la propiedad intelectual o industrial, valores pertenecientes a no residentes, patrimonio empresarial y profesional, participaciones en determinadas entidades y el más conocido, la vivienda habitual del contribuyente. El mínimo estatal exento es de 300.000 euros.

A todo este patrimonio bruto hay que descontar el patrimonio neto. Solo se admiten aquellas deudas que hagan disminuir el valor de los bienes. Una hipoteca no es una deuda deducible. A este patrimonio neto se le aplica un tipo que va desde el 0,2 y hasta el 3,5 de la base liquidable.

Hay comunidades autónomas que tienen deducciones propias y exenciones -por ejemplo Castilla y León para los bienes que forman parte del patrimonio protegido de una persona con discapacidad o Madrid que no cobra el impuesto aunque hay que presentar la declaración. En Castilla-La Mancha no existe ninguna.

Aldo Gómez

Aldo Gómez

En 'Hora 14'. Antes, había pasado por SER Toledo, Radio Albacete, Radio Madrid y Radio Arosa

 

Directo

  • Cadena SER

  •  
Últimos programas

Estas escuchando

Hora 14
Crónica 24/7

1x24: Ser o no Ser

23/08/2024 - 01:38:13

Ir al podcast

Noticias en 3′

  •  
Noticias en 3′
Últimos programas

Otros episodios

Cualquier tiempo pasado fue anterior

Tu audio se ha acabado.
Te redirigiremos al directo.

5 "

Compartir