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Los tribunales dan la razón al Ayuntamiento de Santander en el pleito con ASCAN por el contrato de emergencia del servicio de basuras

El Juzgado rechaza el recurso de ASCAN por la adjudicación del contrato de emergencia para el servicio de basuras en Santander

Camión de la basura en plena recogida en Santander.(Facebook)

Camión de la basura en plena recogida en Santander.

Santander

El Juzgado ha dado la razón al Ayuntamiento de Santander en el pleito frente a ASCAN por el procedimiento y la adjudicación del contrato de emergencia para el servicio de basuras, ya que no ha admitido el recurso presentado por esa empresa porque cree que no está legitimada para interponerlo.

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de Santander ha declarado la inadmisibilidad del recurso contencioso administrativo interpuesto por ASCAN-GEASER UTE Cuida Santander contra el procedimiento seguido por el Ayuntamiento de Santander y la adjudicación del contrato de emergencia de recogida de basuras suscrito con Prezero.

ASCAN pedía que se anulara la resolución de la Alcaldía del 13 de octubre de 2021 que dictó la situación de emergencia en la limpieza de la ciudad por la resolución del contrato por incumplimiento de esta empresa, y que se declarara su derecho a continuar con ese servicio, con indemnización durante el tiempo en el que se la privara de prestarlo.

La sentencia

La sentencia, con fecha de 4 de diciembre y notificada este martes, día 5, condena en costas a ASCAN, con 800 euros, y es susceptible de ser recurrida en segunda instancia.

La juez no admite los argumentos de ASCAN porque entiende que esta empresa carece de interés legítimo en este procedimiento.

Y ello, puesto que "no existe acción pública en materia de contratación" y, además, la empresa "no es una posible licitadora" ya que no pide que se tramite un proceso en el que pudiera participar.

La juez señala además que carecía de "un derecho" a continuar prestando el servicio, una vez resuelto el contrato que tenía suscrito con el Ayuntamiento.

Según expone el fallo judicial, aunque en el caso de denuncia o resolución del contrato el contratista tiene la obligación de seguir prestando el servicio a fin de garantizar el interés público, es la Administración la que debe decidir sobre este aspecto.

"Estamos no ante un derecho de la recurrente que se haya podido ver lesionado, sino ante una obligación que el contrato impone a la actora cuando se resuelve el contrato. Obligación que la Administración puede no imponer a la recurrente, máxime con las circunstancias existentes entre ambas", se recoge en la sentencia.

El Juzgado valida así la decisión que adoptó el Ayuntamiento, que recurrió a un contrato de emergencia en otoño de 2021.

Corrobora un procedimiento "correcto", según el Ayuntamiento

La concejala de Medio Ambiente, Margarita Rojo, ha insistido en una nota de prensa en que "resultaba insostenible" que la misma empresa continuase con la prestación del servicio hasta la adjudicación de un nuevo contrato, "máxime cuando el propio Consejo de Estado dio la razón al Ayuntamiento en la resolución del contrato y había confirmado los graves incumplimientos en los que incurrió ASCAN".

Rojo ha mostrado la satisfacción del Ayuntamiento tras conocer esta sentencia, y ha apuntado que el Juzgado "corrobora que el procedimiento seguido por los servicios técnicos y la Corporación municipal era correcto".

La responsable municipal se ha dirigido además a los grupos de la oposición, a los que ha pedido "más prudencia y dedicación al interés municipal, y menos valoraciones políticas", y ha aseverado que esta sentencia "desmonta sus argumentos a favor del mantenimiento de la UTE y avala la decisión tomada por el equipo de gobierno".

Así mismo, ha subrayado que "el balance de este conflicto ante los tribunales resulta abrumadoramente favorable al Ayuntamiento de Santander". "Y, afortunadamente, ha permitido que hoy estemos en disposición de poder licitar este nuevo contrato, para que la ciudad pueda volver a contar con el servicio de limpieza que se merece", ha zanjado.

 
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