Confirmada pena de cárcel para un conductor por tocamientos a una menor que iba en su autobús en una línea regular de Cantabria
La Audiencia de Cantabria también prohíbe al hombre acercarse y comunicarse con la joven durante seis años
![](https://cadenaser.com/resizer/v2/YIDMHS32PZH5DDSLZDTAKLYJDQ.jpg?auth=14f63f9b19ca9fd57c03da10ebe9f09d5970f55cfa684732f82d3164d462a117&quality=70&width=650&height=365&smart=true)
Sede del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria.
![Sede del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria.](https://cadenaser.com/resizer/v2/YIDMHS32PZH5DDSLZDTAKLYJDQ.jpg?auth=14f63f9b19ca9fd57c03da10ebe9f09d5970f55cfa684732f82d3164d462a117)
Santander
La Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha confirmado los dos años de cárcel impuestos a un conductor de autobús de una línea regular de la región, por tocamientos a una joven de 16 años que cogía ese transporte para ir al instituto.
En su resolución, que este hombre puede recurrir ante el Tribunal Supremo, el TSJC ratifica la sentencia de la Audiencia de Cantabria, que condenó el pasado mes de abril a este conductor por un delito continuado de abuso sexual, con la concurrencia de la circunstancia atenuante de reparación del daño, ya que consignó judicialmente antes de la vista 3.000 euros.
La Audiencia de Cantabria también prohibió al hombre acercarse y comunicarse con la joven durante seis años y le inhabilitó para desempeño que conlleve contacto con menores durante otros seis, así como una medida de libertad vigilada de dos años tras la salida de prisión y a indemnizar a la víctima con 2.500 euros por los daños morales ocasionados.
Según la sentencia de la Audiencia, que ratifica la Sala de lo Penal del TSJC, el hombre realizó "de manera reiterada e intencionada, tocamientos" a la joven, que era usuaria de la línea en la que él trabajaba, ya que tomaba el autobús cada día para acudir a su instituto.
Añade la sentencia que cuando la chica se apeaba del vehículo, el conductor se acercaba a ella y la tocaba “con un claro ánimo de satisfacer sus deseos sexuales y sin contar con el consentimiento de la menor”.
El TSJC señala que “el relato de la víctima es persistente, coherente y verosímil, y tiene corroboración periférica” en los testimonios de su entorno y en unas grabaciones de la estación de autobuses.
En estas se ve al acusado abrazar a la joven, descender su brazo por la espalda de ella y, “cuando ella se aleja, la sigue, la agarra, abraza y acaricia con fuerza, lo que resulta compatible con la versión incriminatoria de la víctima”, afirma la Sala en su resolución.
También añade que esos actos “configuran el delito de abuso sexual continuado a mayor de dieciséis años porque, aunque solo se han podido individualizar los hechos de dos días, se ha acreditado que se han realizado numerosos tocamientos”.