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La Audiencia de Cantabria condena a cinco años y cuatro meses de cárcel por acuchillar a un hombre

El tribunal le considera autor de un delito de homicidio en grado de tentativa ya que, según confirmaron los forenses, la víctima corría riesgo vital de no haber mediado atención médica urgente

Sede judicial de Santander. / Cadena SER

Sede judicial de Santander.

Santander

La Audiencia de Cantabria ha condenado a cinco años y cuatro meses de prisión a un joven por agredir a otro con un cuchillo de 15 centímetros de largo y dejarle el intestino fuera de la cavidad abdominal, a las puertas de una discoteca en Santander.

En una sentencia notificada este lunes, el tribunal le considera autor de un delito de homicidio en grado de tentativa ya que, según confirmaron los forenses, la víctima corría riesgo vital de no haber mediado atención médica urgente.

En concepto de indemnización, el condenado deberá abonar a la víctima con 7.600 euros por las lesiones, por la operación quirúrgica a la que fue sometido y por las secuelas que le han quedado.

Además, la Audiencia ha condenado a un amigo del agresor a diez meses de cárcel como autor de un delito de encubrimiento, ya que le ayudó a huir del lugar en el coche que conducía.

La sentencia de la Sección Primera de la Audiencia, que no es firme y contra la que cabe recurso de apelación ante la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, relata los hechos ocurridos en la madrugada del 22 de abril de 2018 a las puertas de una discoteca de Santander.

Según la resolución, anteriormente el agresor y la víctima habían mantenido "un pequeño altercado físico, con agarrones mutuos y en el que el procesado había esgrimido una botella, terminando por no usarla por intervención de amigos y amigas del mismo acusado".

Una hora después, el condenado volvió al lugar en el vehículo que conducía un amigo, salió del coche y "frente al perjudicado sacó un cuchillo de cocina con filo único y unos 15 centímetros de largo, clavándoselo en el abdomen, en un solo lugar, pero empujando o hurgando tres veces".

Como consecuencia de esta acción, le dejó "con el intestino fuera de la cavidad abdominal y a la vista, para huir inmediatamente en el vehículo ya referido y conducido por el también procesado", amigo del agresor, quien le "ayudó a huir del lugar a toda prisa".

El agredido fue llevado a urgencias al Hospital de Valdecilla, donde se le operó inmediatamente de herida penetrante en la fosa iliaca izquierda de cinco centímetros de longitud con evisceración de asa de intestino delgado.

INTENCIÓN DE MATAR

Para la Audiencia, en la acción del agresor existió "animus necandi", esto es, intención de matar, "en atención al arma blanca empleada en la agresión", un "medio letal idóneo para causar la muerte", y, además, "al dirigirse el ataque a la zona abdominal en la concreta forma en la que se ejecuta".

Y es que, según señala la sentencia, la herida fue "penetrante y profunda, atravesando varios planos dentro de la cavidad abdominal, poniendo de manifiesto la intensidad con que se asesta la misma” y que provocó “una ostensible evisceración intestinal y sangrado que fue inmediatamente apreciada por quienes le asistieron intuyendo su gravedad".

Pese a ello, "el agresor emprende rápidamente la huida, dejando a la víctima, como indicaron los testigos, con las tripas fuera".

A ello suma el tribunal el hecho de que existió una contienda previa "en la que ya había demostrado agresividad" al armarse con una botella que sus amigos impidieron que utilizara.

"Persiste en la ulterior acometida con mayor intensidad, fuerza y peligrosidad aún, contando con suficientes elementos para valorar que su acción introducía un altísimo riesgo vital", añade la Audiencia.

En relación al segundo de los procesados, el amigo del agresor, el tribunal afirma que su actuación "favorece la huida" y que "solo puede estimarse consciente".

Describe que huyó "a muy elevada velocidad" y de forma "inminente" al acuchillamiento, que tuvo lugar "a escasa distancia" de donde se encontraba y "con los palpables efectos provocados en la víctima", detalla la sentencia.

 
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