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El caso Multimedia se salda con penas menores para excargos del PSIB 15 años después

Los once acusados y la fiscalía acuerdan una conformidad que establece penas que no comportan el ingreso en prisión. El ministerio público reclamaba inicialmente 156 años de cárcel.

Sala Audiencia Provincial de Palma / Cadena SER

Sala Audiencia Provincial de Palma

Palma

De una petición inicial de 156 años de cárcel a no entrar en prisión. Este martes se ha dictado sentencia por el caso Multimedia, más de 15 años después de que se produjeran los hechos. Varios exaltos cargos del PSIB-PSOE han sido condenados a penas menores de cárcel por delitos de prevaricación y tráfico de influencias por contrataciones irregulares entre 2008 y 2011 a través de la sociedad pública autonómica Multimedia. Once personas se han sentado en el banquillo de la sección segunda de la Audiencia Provincial.

Entre ellos el consejero delegado de Multimedia y exsenador del PSIB, Antoni Manchado y el exlíder socialista de Calvià, Francisco Cano. Los once acusados han alcanzado un acuerdo de conformidad con la fiscalía, que ha aplicado las circunstancias atenuantes de dilaciones indebidas, ya que han pasado más de 15 años desde que se produjeron los hechos, y de reparación del daño, porque los acusados han devuelto el dinero defraudado. El acuerdo ha rebajado notablemente la petición total de 156 años de cárcel que inicialmente reclamaba la fiscalía anticorrupción.

La presidenta de la sección segunda de la Audiencia Provincial de Palma ha dictado la sentencia en voz alta. El dictamen es firme y no podrá ser recurrido. Los once acusados han sido condenados a penas de entre siete y quince meses de cárcel. También a penas de inhabilitación para cargo público y para la recepción de subvenciones de entre siete años y algo más de uno. Las penas de entrada en prisión han sido suspendidas a condición de que los condenados paguen las cantidades en concepto de responsabilidad civil y no comentan ningún delito. Los acusados tendrán que responder solidariamente a la responsabilidad civil de 260.000 euros, en concepto de perjuicio causado a la comunidad autónoma.

 
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