Hora 14 IbizaHora 14 Ibiza
Política

Entra en vigor la nueva ordenanza del ruido de Sant Antoni que permite música en vivo en los locales

Esta modificación viene impulsada por la solicitud de la Asociación de Músicos de Ibiza

Imagen de archivo de una terraza de Sant Antoni / Cadena SER

Imagen de archivo de una terraza de Sant Antoni

Ibiza

La nueva Ordenanza municipal del Ruido y las Vibraciones, que incorpora la ambientación musical en vivo en establecimientos de Sant Antoni, ha entrado en vigor.

La normativa fue aprobada de forma inicial durante el pleno de julio y se publicó en el BOIB el 26 de septiembre, tras pasar el correspondiente periodo de información pública sin recibir ninguna alegación.

Con esta modificación se incluye un nuevo artículo en la ordenanza con el que se habilita la posibilidad de ejercer la actividad de ambientación musical en vivo en los locales del municipio de Sant Antoni.

Tal como se especifica, la música en directo se podrá realizar entre las 13.00 y las 23.00 horas, un máximo de dos días a la semana por cada establecimiento y con una duración máxima de dos horas por día.

A través de esta medida, se pretende apoyar y dar visibilidad a la música en vivo al considerar que aporta un valor añadido a la oferta cultural del municipio.

Esta modificación viene impulsada por la solicitud de la Asociación de Músicos de Ibiza para habilitar la opción de música en directo.

El nuevo artículo también especifica que no se podrá habilitar pista de baile y que la actuación deberá realizarse dentro del recinto de la actividad, quedando totalmente prohibida la ocupación de la vía pública. Además, la ordenanza establece diferentes requisitos para proteger el cumplimiento de la normativa y la convivencia vecinal.

Tal como detalla la ordenanza, se considera ambientación musical en vivo la generada por actuaciones en directo de pequeño formato que se utilicen como acompañamiento o sonido de fondo en los establecimientos regulados en la normativa turística y que no afecten al normal desarrollo de la actividad para la cual se dispone de título habilitante.

Esta ambientación tendrá que ser producida por voz humana o instrumentos musicales (cuerda, viento y persecución), quedando excluida cualquier ambientación musical generada, principalmente, por mesas de mezcla, otros aparatos electrónicos o mediante la reproducción de pistas de audio.

Para realizar la solicitud, los establecimientos deberán presentar una comunicación previa con una antelación mínima de 48 horas y máxima de 60 días. Este documento deberá estar disponible en todo momento en el local y colocado en un lugar visible para su inspección.

 
  • Cadena SER

  •  
Programación
Cadena SER

Hoy por Hoy

Àngels Barceló

Comparte

Compartir desde el minuto: 00:00