La sentencia del TSJB sobre los investigadores del caso Cursach: "Perdieron la objetividad"
La sentencia da carpetazo a todas las filtraciones a medios de comunicación, al considerar que no se ha podido comprobar la autoría
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PALMA DE MALLORCA, 05/06/2023.- El exfiscal Miguel Ángel Subirán (c) y el exjuez Manuel Penalva (d), acompañados por su abogado, Javier Barinaga (i), a su llegada a la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) para asistir a la primera sesión de su juicio por el caso Cursach, este lunes en Palma de Mallorca. EFE/ Cati Cladera / CATI CLADERA (EFE)
![PALMA DE MALLORCA, 05/06/2023.- El exfiscal Miguel Ángel Subirán (c) y el exjuez Manuel Penalva (d), acompañados por su abogado, Javier Barinaga (i), a su llegada a la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) para asistir a la primera sesión de su juicio por el caso Cursach, este lunes en Palma de Mallorca. EFE/ Cati Cladera](https://cadenaser.com/resizer/v2/TDEVSTCWIUD7PYVS3SJRSPPUFE.jpg?auth=98d55e05f47a3057b76122a19f6b2da4cdba5ed51f87acd8254b7082ed54d3ac)
Palma
El Tribunal Superior de Justicia de Baleares considera que los investigadores del caso Cursach perdieron la objetividad durante la instrucción del caso. Este jueves hemos conocido los fundamentos de la sentencia por la que la sala civil y penal condenó ayer al juez Manuel Penalva y el fiscal Miguel Ángel Subirán a nueve años de cárcel por coacciones, obstrucción a la justicia y por no perseguir una revelación de secretos.
El juez y el fiscal se sentaron en el banquillo acusados de presionar y coaccionar a detenidos y de filtrar informaciones secretas a medios de comunicación durante la instrucción del caso ORA, derivado de la investigación contra el empresario Cursach. Junto a ellos también se sentaron en el banquillo cuatro agentes del grupo de blanqueo de capitales de la Policía Nacional que ayudaban en la investigación del caso.
La causa contra los seis procesados nació a raíz del decomiso de los teléfonos móviles de dos policías. Al revisarlos, se halló la existencia de un grupo de watsapp entre los investigadores en los que proferían insultos hacia los detenidos y hablaban de las actuaciones que llevaban a cabo. La sentencia considera que el registro de estos teléfonos móviles fue perfectamente lícito y se practicó acorde al derecho del secreto de las comunicaciones de los agentes, que dieron su autorización para ello. La entrega de los teléfonos, dice la sentencia, tuvo carácter voluntario.
El dictamen del tribunal también aprecia que el hallazgo de este grupo de Watsapp fue casual. Consideran los jueces que, a raíz de la intervención del teléfono de uno de los policías, se conocieron comunicaciones entre ellos que no se buscaban. La sentencia considera que en las comunicaciones en ese chat, los acusados expresan juicios de valor acompañados de un lenguaje impropio, pero subraya que sus ideas no tienen capacidad para alterar la realidad de las cosas. El pensamiento no delinque, dicen los jueces.
Para la sala, el lenguaje utilizado en las conversaciones es reprobable y soez, rezuma complacencia y escarnio en las detenciones. Consideran los magistrados que es inadecuado para la personalidad de los interlocutores y sobre todo en el contexto en que hicieron. A pesar de ello, la sentencia incide en que se corresponden con la convicción que tenían los acusados de la presencia de sospechas de amaño del concurso que estaban investigando. Para la sala, lo que se constata del análisis del chat es que el juez y el fiscal no asumieron cada uno su papel diferenciado y separado dentro de la investigación y los policías el suyo. Perdieron la necesaria objetividad que tiene que presidir una imparcial investigación penal, señalan.
La sentencia condena al juez y el fiscal por coacciones al concejal del PP de Palma, Álvaro Gijón, que fue detenido durante la investigación sobre el amaño del concurso de la ORA. Consider que el arresto estaba soportado en una mínima base indiciaria y dotada de cierto fundamento. Sin embargo, junto a esa finalidad legítima, los jueces señalan que los acusados persiguieron al mismo tiempo un fin desviado e injusto como era el de provocar daño en el concejal Gijón e influir en su actuación procesal. Fue citado a declarar como investigado el mismo día que se detuvo a sus padres y hermano.
La sentencia da carpetazo a todas las filtraciones a medios de comunicación, al considerar que no se ha podido comprobar la autoría. Sin embargo, sí reprocha al juez que no las persiguiera. La sentencia estima que no se podía desconocer que la fuente de estas noticias pudiera provenir de los mismos investigadores o de funcionarios del propio juzgado. Por eso, considera que esta la verdadera razón por la que Penalva declinó cualquier interés en perseguir las filtraciones.
Los condenados pueden recurrir la sentencia al Tribunal Supremo. Todos los acusados por el caso Cursach, incluido el empresario, resultaron absueltos después de que la fiscalía retirase todas las acusaciones sobre ellos.