Tribunales

Gijón deberá indemnizar con 94.000 euros a la familia de un joven ahogado en San Lorenzo

El fallo establece que el día de los hechos existía "una situación de peligro", pero "no se colocó la bandera roja"

GIJÓN (ASTURIAS), 11/08/2023..- Gran afluencia de público a la playa de San Lorenzo este viernes. La Agencia Estatal de Meteorología (Aemet) prevé para este viernes en Asturias poca nubosidad que irá en aumento a partir de la tarde de oeste a este, quedando el cielo cubierto al final. EFE/Paco Paredes / Paco Paredes (EFE)

GIJÓN (ASTURIAS), 11/08/2023..- Gran afluencia de público a la playa de San Lorenzo este viernes. La Agencia Estatal de Meteorología (Aemet) prevé para este viernes en Asturias poca nubosidad que irá en aumento a partir de la tarde de oeste a este, quedando el cielo cubierto al final. EFE/Paco Paredes

Gijón

El Ayuntamiento de Gijón deberá indemnizar con 94.808 euros a los familiares del joven de 19 años que falleció ahogado en la playa de San Lorenzo el 23 de junio de 2020, cuando no se había colocado la bandera roja pese a la situación de peligro que existía en ese momento. La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias (TSJA) ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por el Ayuntamiento de Gijón y su compañía aseguradora, por lo que ratifica la sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Gijón el pasado mes de marzo.

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El fallo establece que el día de los hechos existía "una situación de peligro" generada por las fuertes corrientes "que se explican por la concurrencia de factores meteorológicos, y situación del mar". Pese a ello, "no se colocó la bandera roja", ni ninguna señalización específica "que prohibiera el baño en esa zona", o advirtiera del "concreto peligro", más allá de la bandera amarilla, "que sí permite el baño", aun cuando fuera con precaución.

El fallo determina que "ni se procuraron los medios de vigilancia" que esa situación precisaba, ni los existentes "se mostraron eficaces para comprobar", con tiempo suficiente, la situación de los bañistas. En este sentido, se explica que "pasaron más de cinco minutos" desde que los bañistas "se encontraban en la situación de peligro", hasta que los medios de salvamento "fueron avisados, y pudieron actuar".

En el fallo se insiste en que no se reprocha el tiempo de reacción, una vez el servicio de salvamento conoció la situación, sino el que transcurrió "desde su inicio sin percatarse del peligro que corrían los jóvenes". Asimismo, "no se advierte ninguna actuación imprudente" por parte del fallecido, que no tenía prohibido el acceso a la playa y desconocía la existencia del peligro potencial puesto que la bandera amarilla "no alerta de la presencia de canales de resaca, 'pozas' ni arrastre mar adentro".

El joven de 19 años falleció ahogado después de adentrarse en el agua a primera hora de la tarde junto con otra joven de 16 años que sí pudo ser rescatada.

 
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