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Convocado el proceso y las bases para la selección de 16 plazas de bomberos para el Parque de Bomberos de Sierra Mágina Oriental (Bedmar)

El anuncio del Consorcio Comarcal para la prestación del Servicio de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento se ha publicado este jueves 6 de marzo

Instalaciones donde se va a ubicar el Parque de Bomberos Sierra Mágina Oriental en el Polígono Industrial de Bedmar / Ayuntamiento Bedmar

Instalaciones donde se va a ubicar el Parque  de Bomberos Sierra Mágina Oriental en el Polígono Industrial de Bedmar

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Resumen de la publicación del anuncio:

CONSORCIO COMARCAL PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE PREVENCIÓN Y EXTINCIÓN DE INCENDIOS Y SALVAMENTO DE SIERRA MÁGINA ORIENTAL (Bedmar)

2025/922 Resolución número 3 de fecha 4/03/2025, del Sr. Presidente Delegado del Consorcio SPEIS de la Sierra Mágina Oriental, por la que se aprueban las bases para la provisión de dieciséis plazas de funcionarias/os de carrera, pertenecientes al Grupo C, Subgrupo C.1, Escala Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, Clase Extinción de Incendios, Escala Operativa, Denominación Bombera/o, mediante el Sistema de Oposición Libre.

Anuncio

El Sr. Presidente Delegado del Consorcio SPEIS de la Sierra Mágina Oriental, D. José Luis Hidalgo García (P.D. Resol. nº 424 de 4/07/2023), ha dictado la Resolución nº 3 de fecha 4 de marzo de 2025.

Primera.- Objeto de la Convocatoria.

La presente convocatoria tiene por objeto la provisión en propiedad, de dieciséis plazas de funcionarias/os de carrera, pertenecientes al Grupo C, Subgrupo C.1, Escala Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, Clase Extinción de Incendios, Escala Operativa, Denominación Bombera/o mediante el sistema de Oposición Libre; de las cuales catorce se reservan a turno libre y dos para aspirantes con otro tipo de discapacidad incluidas en la oferta de empleo público del Consorcio Comarcal SPEIS Sierra Mágina Oriental del año 2025.

Vehículos ya en las instalaciones del Parque de Bomberos de Sierra Mágina Oriental en Bedmar

Vehículos ya en las instalaciones del Parque de Bomberos de Sierra Mágina Oriental en Bedmar / Ayuntamiento Bedmar

Vehículos ya en las instalaciones del Parque de Bomberos de Sierra Mágina Oriental en Bedmar

Vehículos ya en las instalaciones del Parque de Bomberos de Sierra Mágina Oriental en Bedmar / Ayuntamiento Bedmar

Segunda.- Requisitos que han de reunir los/as aspirantes.

Para ser admitida/o a la realización de las correspondientes pruebas selectivas, las/os aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española o la de los demás estados miembros de la Unión Europea, o ser cónyuge de nacional español o de nacional de otros estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad, siempre que no estén separados de derecho, o ser descendiente de nacional español o de nacional de los demás Estados miembros de la Unión Europea, o de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho o sean menores de 21 años o mayores de dicha edad dependientes, en los términos y condiciones que legal o reglamentariamente se determine.

b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

c) Estar en posesión o en condiciones de obtener el Título de Bachiller o Técnico u otro título equivalente de conformidad con la normativa de aplicación, en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.

Las titulaciones obtenidas en el extranjero deberán justificarse con la documentación que acredite su homologación por el Ministerio competente en la materia. Para ello, se deberá presentar la titulación y el documento acreditativo de la homologación oficial del mismo.

Las equivalencias deberán ser reconocidas como tal por la Administración competente en cada caso concreto y debidamente acreditada en tal sentido por el/la aspirante, debiendo citar la disposición legal en que se reconozca tal equivalencia o, en su caso, aportar certificación/informe del órgano competente.

d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que impida el desempeño de las correspondientes funcionesconforme al cuadro de exclusiones que se acompaña a las presentes bases en el Anexo III y que verificará mediante el oportuno reconocimiento médico por el Servicio de Salud Laboral que la Diputación Provincial de

Jaén determine. Al efecto se suscribirá la autorización para reconocimiento y pruebas médicas contenida en el Anexo IV.

e) No haber sido separada/o mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleo o cargo público por Resolución Judicial para el acceso al Cuerpo o Escala de Personal

Funcionario. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que le impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

f) Estar en posesión del permiso de conducción de la Clase C.

g) Aquellos aspirantes que opten por el acceso a la plaza de otro tipo de discapacidad deberán tenerla reconocida oficialmente en grado igual o superior al 33%.

Los requisitos anteriores deberán poseerse a la fecha de expiración del plazo de presentación de instancias y mantenerse hasta la fecha de toma de posesión. Si en cualquier momento del proceso selectivo el Tribunal Calificador tuviera conocimiento de que algún candidato no reúne algún requisito de los exigidos en la convocatoria deberá proponer su exclusión a la autoridad convocante.

Tercera.- Instancias y documentos a presentar.

Para ser admitida/o en el proceso selectivo, las/os aspirantes deberán cumplimentar los datos de participación de inscripción en la convocatoria, y adjuntar la siguiente documentación a través de la Sede Electrónica al realizar el trámite de inscripción:

1) Copia del Documento Nacional de Identidad en vigor anverso y reverso.

2) Copia del título académico exigido en la Base Segunda apartado c) de la convocatoria, anverso y reverso o, en su defecto, copia del resguardo del abono del pago de tasa para la expedición del Título.

3) Copia del Permiso de Conducir de la Clase C en vigoranverso y reverso.

4) Autorización para someterse a reconocimientos y pruebas médicas.

5) Certificado o informe acreditativo de la condición y grado de otro tipo de discapacidad igual o superior al 33%, emitido por el órgano competente de la Comunidad Autónoma y que el aspirante deberá acompañar inexcusablemente a su solicitud de participación.

6) Los aspirantes con alguna discapacidad igual o superior al 33% que precisen adaptación de tiempo y/o medios deberán indicarlo en la solicitud, acompañando certificación o información adicional expedida por la Administración Pública competente en la que conste el grado de discapacidad así como las causas o motivos de la misma a fin de que el Tribunal pueda dar cumplimiento a lo dispuesto en la Orden PRE1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad.

Cuarta.- Lugar y plazo de presentación de solicitudes e instancias.

Las solicitudes y documentos se presentarán exclusivamente a través de la Sede Electrónica de la Diputación Provincial de Jaén, (https://sede.dipujaen.es/Convocatorias), dentro del plazo de 20 días hábiles, a contar desde el siguiente en que aparezca el extracto del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, prorrogándose hasta el primer día hábil siguiente si el plazo terminase en un día inhábil.

Cuando una incidencia técnica haya imposibilitado el funcionamiento ordinario del sistema o aplicación que corresponda, y hasta que se solucione el problema, la Administración podrá determinar una ampliación de los plazos no vencidos, debiendo publicar en la sede

electrónica tanto la incidencia técnica acontecida como la ampliación concreta del plazo no vencido.

Quinta.- Lista de admitidos/as y excluidos/as.

Terminado el plazo de presentación de instancias, el Sr. Presidente del Consorcio SPEIS Sierra Mágina Oriental, dictará Resolución declarando aprobada la lista de admitidas/os y excluidas/os, en su caso, y las causas de exclusión. En la misma se indicará el plazo de subsanación de diez días hábiles para los aspirantes excluidas/os, para que puedan subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión u omisión. De no existir aspirantes excluidos, dicha lista será elevada a definitiva continuándose el procedimiento.

Finalizado el plazo de subsanación concedido a los aspirantes excluidos, el Sr. Presidente dictará nueva Resolución en la que se incluirán como admitidas/os en el proceso selectivo aquellas/os aspirantes excluidas/os que hayan subsanado las deficiencias o se acredite su omisión infundada de la lista. Así mismo en la mencionada Resolución se procederá al nombramiento del Tribunal y fecha de constitución del mismo, quien determinará a través del anuncio correspondiente la fecha y lugar de realización del primer ejercicio.

Los anuncios relativos a las listas provisionales y definitivas de admitidos y excluidos se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia. El resto de anuncios del Tribunal Calificador se harán públicos en la Sede Electrónica (Tablón de Anuncios) de la Diputación Provincial de Jaén.

Sexta.- Procedimiento de selección de los/as aspirantes.

El proceso selectivo se llevará a cabo a través del sistema de oposición libre.

El orden de actuación de los aspirantes en caso de que se acuerde la lectura pública de algún ejercicio o entrevista será el determinado en el sorteo realizado por la Secretaría General para la Administración Pública de la Junta de Andalucía y publicado anualmente en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Los opositores serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único. Cada aspirante deberá ir provisto de DNI en vigor, o en su defecto pasaporte o carné de conducir en vigor.

La no presentación de un/a aspirante en cualquiera de los ejercicios en el momento de ser llamado, determinará automáticamente la pérdida de su derecho a participar en los ejercicios y, consecuentemente, quedará excluida/o del proceso selectivo, salvo casos de fuerza mayor, debidamente justificados y apreciados libremente por el Tribunal.

Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de cinco días hábiles y máximo de cuarenta y cinco días hábiles.

Séptima.-Desarrollo y calificación de las pruebas.

La oposición consistirá en la celebración sucesiva de cuatro pruebas, una de carácter teórico, otra de carácter práctico, otra de aptitud física y otra consistente en examen médico.

Todas y cada una de ellas tendrá carácter eliminatorio, y se realizarán en el siguiente orden:

Primer ejercicio: Prueba teórica:

De carácter obligatorio e igual para todos los aspirantes, consistirá en la realización de una batería de preguntas tipo test sobre las Materias Comunes del programa Anexo I. El tiempo máximo de duración para su realización será determinado por el Tribunal. El ejercicio será valorado hasta un máximo de 10 puntos, siendo eliminados las/los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos.

El cuestionario tipo test contará con cinco preguntas de reserva para posibles anulaciones, dichas preguntas deberán ser contestadas por las/los aspirantes junto con el resto de preguntas del cuestionario, a tal objeto.

El Tribunal podrá acordar si las preguntas contestadas erróneamente o dejadas en blanco descontarán de la puntuación final, así como la forma de penalizar, debiéndolo comunicar a los aspirantes al comienzo del ejercicio.

La plantilla de respuestas correctas será publicada en los lugares indicados en la Base Quinta, concediéndose a los aspirantes un plazo de 5 días hábiles, a partir del día siguiente a dicha publicación, a los efectos de que los mismos formulen las alegaciones/reclamaciones que deberán de ser resueltas por el Tribunal antes del comienzo del segundo ejercicio. Transcurrido dicho período sin que se hayan presentado alegaciones

por las/los aspirantes o, resueltas las mismas, el Tribunal publicará, las calificaciones de los aspirantes que hayan superado el ejercicio así como el lugar, fecha y hora para la realización del segundo ejercicio.

Segundo ejercicio: Prueba práctica:

De carácter obligatorio e igual para todos los aspirantes, consistirá en la realización de un supuesto práctico, que será propuesto por el Tribunal seleccionador, relacionado con el temario incluido en el Anexo I y con las funciones del puesto de Bombero en el ámbito de actuación del Consorcio de SPEIS Sierra Mágina Oriental.

Este ejercicio se calificará de 0 a 20 puntos debiendo obtener un mínimo de 10 puntos para superar la prueba. El tiempo máximo de realización del ejercicio será determinado por el Tribunal.

El Tribunal fijará los criterios de calificación antes del inicio de la prueba.

La puntuación de cada aspirante en el ejercicio práctico será la media aritmética de las calificaciones de los miembros del tribunal, eliminándose del cálculo la mayor y la menor puntuación otorgadas.

Las puntuaciones otorgadas en este ejercicio se publicarán, concediéndose a los aspirantes un plazo de 5 días hábiles, a partir del día siguiente a dicha publicación, a los efectos de que los mismos formulen las alegaciones/reclamaciones que deberán de ser resueltas por el Tribunal.

Transcurrido dicho periodo sin que se hayan presentado alegaciones por los aspirantes o, resueltas las mismas, el Tribunal publicará en el Tablón de Anuncios el lugar, fecha y hora para la realización del tercer ejercicio.

Tercer ejercicio: Pruebas físicas:

La prueba de aptitud física consistirá en la realización de los ejercicios previstos en el Anexo II, en el orden establecido en el mismo, tendentes a comprobar, entre otros aspectos, las condiciones de fuerza, agilidad, flexibilidad, velocidad y resistencia de las personas aspirantes.

Las/os aspirantes acudirán equipadas/os con vestuario deportivo adecuado para cada prueba: camiseta, pantalón corto o largo y zapatillas deportivas, que en ningún caso irán provistas de clavos, bañador y gorro de baño.

Quienes deban realizarla habrán de presentar al Tribunal un Certificado Médico Oficial expedido por Médica/o Colegiado en ejercicio con una antelación no superior a 30 días de la fecha de realización del ejercicio, en el que se haga constar expresamente que la/el aspirante reúne las condiciones físicas precisas para realizar las pruebas deportivas descritas en el Anexo II de estas Bases. Las/os aspirantes que no aporten el referido

certificado en tiempo y forma quedarán excluidos del proceso selectivo al considerarse que no cumplen el requisito establecido en el apartado d) de la Base Segunda.

La calificación final de la prueba de aptitud física será la suma de las puntuaciones obtenidas en cada una de las pruebas, siempre que se hayan superado las marcas mínimas fijadas en la tabla expuesta en al menos seis de las siete pruebas propuestas, dividida entre el número total de pruebas (7). En caso de no superar las marcas mínimas en al menos seis de las siete pruebas supondrá la eliminación del procedimiento selectivo.

Si alguna de las aspirantes en la fecha de celebración de las pruebas físicas se encontrara en estado de embarazo, interrupción del mismo, parto o puerperio debidamente acreditado, realizará las restantes pruebas, quedando la calificación, en el caso de que superase todas las demás, condicionada a la superación de las pruebas de aptitud física, en la fecha que el Tribunal determine al efecto, una vez desaparecidas las causas que motivaron el aplazamiento. Dicho aplazamiento no tendrá una duración superior a seis meses, desde el comienzo de estas pruebas, salvo que se acredite con certificación médica que persisten las causas, en cuyo caso se podrá aplazar otros seis meses.

Cuando el número de plazas convocadas sea superior al de aspirantes, el aplazamiento no afectará al desarrollo del proceso selectivo en las restantes plazas.

En todo caso, se entiende que han superado el proceso selectivo las personas aspirantes cuya puntuación final no puede ser alcanzada por las aspirantes con aplazamiento, aunque éstas superen las pruebas físicas.

El Tribunal podrá elegir al azar de entre las/os aspirantes que hayan superado la prueba de aptitud física un número de ellos para la realización de un control anti doping, a realizar por el servicio de Salud Laboral que la Diputación Provincial determine, teniendo en cuenta que el hecho de haber consumido productos estimulantes de la capacidad física según la lista aprobada por el Consejo Superior de Deportes, supondrá la exclusión del afectado en el proceso selectivo.

Cuarto ejercicio: Examen médico:

Consistirá en el reconocimiento y pruebas médicas, a las cuales se habrán de someter con carácter obligatorio las/os aspirantes que hayan superado las pruebas anteriores, conforme al cuadro de exclusiones médicas que figura en el Anexo III. Se calificará como Apto o no Apto, quedando excluidos del proceso selectivo las/os aspirantes no alcancen la calificación

de Apto.

Calificación de la fase de Oposición: será la puntuación obtenida por la suma de todas las pruebas.

En caso de empate en la puntuación final, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el ejercicio práctico; en caso de persistir el mismo, se atenderá a la mayor puntuación obtenida en el ejercicio teórico. De persistir el empate se tendrá en cuenta la puntuación obtenida en las pruebas físicas. Cualquier otra situación será resuelta por el Tribunal.

Octava.- Tribunal Calificador.

El Tribunal calificador estará integrado por:

Presidenta/e: Una/un funcionaria/o de carrera designado por el Sr. Presidente del Consorcio para la prestación del SPEIS de la Comarca Sierra Mágina Oriental.

Vocales: Tres funcionarias/os de carrera designado por el Sr. Presidente del Consorcio para la prestación del SPEIS de la Comarca Sierra Mágina Oriental.

Secretaria/o: Una/un funcionaria/o de carrera designado por el Sr. Presidente del Consorcio para la prestación del SPEIS de la Comarca Sierra Mágina Oriental. El Secretario tendrá voz y voto.

Los miembros del Tribunal deberán estar en posesión de un nivel de titulación igual o superior al exigido para el ingreso en la plaza convocada.

La designación de los miembros del Tribunal, incluirá la de sus respectivas/os suplentes.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de al menos de la mitad más uno de las/os miembros, titulares o suplentes, indistintamente. De no asistir la/el Presidenta/e será sustituida/o por la/el miembro del Tribunal de mayor edad, sin contar a la/el Secretaria/o. De no comparecer la/el Secretaria/o será sustituido por la/el miembro de

menor edad.

El Tribunal podrá disponer la incorporación a las sesiones de asesoras/es especialistas, para todas o algunas de las pruebas. Las/os asesoras/es colaborarán con el órgano de selección exclusivamente en el ejercicio de sus especialidades técnicas, actuando por tanto con voz pero sin voto.

Igualmente, el Tribunal podrá ser asistido de colaboradoras/es que les ayuden en las tareas de vigilancia y buen desarrollo de los ejercicios, cuando por el número de aspirantes admitidas/os en el proceso lo hagan aconsejable.

A los efectos de lo establecido en los dos párrafos anteriores, el personal asesor o colaborador será nombrado por el Sr. Presidente del Consorcio para la prestación del SPEIS de la Comarca Sierra Mágina Oriental a propuesta del Tribunal Calificador.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de formar parte del mismo cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público.

No podrán formar parte de los Tribunales quienes hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de la correspondiente convocatoria.

Novena.- Relación de aprobados/as, presentación de documentación y nombramiento de funcionaria/o.

Terminada la calificación de los ejercicios de la Fase de Oposición y, resueltas, en su caso, las reclamaciones o alegaciones de las/os aspirantes, el Tribunal publicará el nombre de las/os aspirantes que hayan obtenido la mayor puntuación, así como la propuesta de las/os mismas/os. En ningún caso podrá el Tribunal declarar aprobados mayor número de aspirantes que el de plazas convocadas.

Las/os aspirantes propuestas/os presentarán en el Servicio de Gestión de Recursos Humanos I, de la Diputación Provincial de Jaén, en el plazo de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente a que se haga pública la propuesta, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria, siendo los mismos los siguientes:

a) Original del Documento Nacional de Identidad.

b) Original del título académico exigido en la Base Segunda apartado c) de la convocatoria o,

en su defecto, documentación acreditativa del abono de la tasa de expedición del Título.

c) Original de Permiso de Conducir de la clase C.

d) En el supuesto de ser propuesto un aspirante con discapacidad, deberá aportar antes de su nombramiento, el informe emitido por la Administración competente en el que se acredite

la compatibilidad de la/el aspirante para el desempeño de las tareas y funciones propias de la plaza a la que opta.

Quienes dentro del plazo indicado, salvo supuesto de fuerza mayor, no presentasen la anterior documentación o de la misma se dedujese que carecen de algunos de los requisitos exigidos, no podrán ser propuestos para su nombramiento, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por

falsedad en su solicitud de participación, pudiendo ser propuesto el siguiente aspirante que le correspondiese por orden de puntuación total.

Quienes tuvieran la condición de funcionarias/os públicas/os estarán exentos de justificar las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar únicamente certificado del Ministerio, Organismo o Corporación de quien dependan, acreditando su condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal, sin perjuicio de lo relativo a la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las tareas habituales de la plaza/puesto correspondiente.

Siempre que el Tribunal haya propuesto el nombramiento de igual número de aspirantes que el de plazas convocadas, y con el fin de asegurar la cobertura de las mismas, cuando se produzcan renuncias de los aspirantes seleccionados, antes de su nombramiento o toma de posesión, el órgano convocante podrá requerir del Tribunal relación complementaria de los aspirantes que sigan a los propuestos para su posible nombramiento como funcionarios de carrera.

Décima.- Incidencias.

El Tribunal podrá resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen desarrollo de proceso selectivo.

En lo no previsto en las bases de la convocatoria, se estará a lo establecido en el Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y en lo que no se oponga a éste, por la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se

aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local; el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de la Administración Local; la Ley 30/1984 de Medidas para la Reforma de la

Función Pública; Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía, Ley 2/2002, de 11 de noviembre, de Gestión de Emergencias de Andalucía y supletoriamente el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso de Personal al servicio de la Administración del Estado, y de provisión de puestos

de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado.

Base Final.- Recursos.

La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de estas, podrán ser impugnados por los interesados, en los casos y formas establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones

Públicas.

Anexo I

Temario

Programa: En el supuesto de que algún tema de los integrantes en el temario se viese afectado por alguna modificación, ampliación o derogación legislativa durante el transcurso de la misma, se exigirá en todo caso la legislación vigente en el momento de la realización

de las respectivas pruebas.

Materias comunes

1. La Constitución Española de 1978. Antecedentes. Características y estructura. Principios Generales. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.

2. Los Poderes del Estado: nociones generales. La Corona. El Gobierno: composición y funciones. Las Cortes Generales: composición, atribuciones y funcionamiento. Las relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales. El Poder Judicial: regulación constitucional y órganos de gobierno.

3. La Administración Pública Española. La Administración General del Estado. Órganos Superiores y Órganos Periféricos.

4. Las Comunidades Autónomas: vías de acceso a la autonomía. La Comunidad Autónoma de Andalucía: competencias. El Estatuto de Autonomía de Andalucía.

5. El Régimen Local Español. Clases de Entidades Locales. Organización municipal. Competencias municipales. Organización provincial. Competencias provinciales.

6. Las Haciendas Locales. Los recursos de las Entidades Locales. Estudio especial de los ingresos tributarios. Las ordenanzas fiscales. Régimen de recursos.

7. Los derechos de los ciudadanos ante la Administración Pública. Colaboración y participación de los ciudadanos en la Administración con especial referencia a la Administración Local.

8. Políticas sociales: Políticas de Igualdad de género y contra la Violencia de Género. Discapacidad y Dependencia. Normativa Estatal y de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Materias específicas

1. Soporte vital, valoración primaria y secundaria del paciente. Soporte vital básico en adultos y niños. Secuencia de actuación ante sospecha de parada cardiorrespiratoria, OVACE, SVB pediátrico, técnicas de ventilación y masaje cardíaco en lactantes.

2. Prevención de riesgos laborales. Derechos y obligaciones en materia de prevención. Consulta, participación, información y formación de los empleados públicos.

3. Fuegos en garajes subterráneos. Sistemas de extinción y salvamentos.

4. Incendios industriales caracterización, uso de espumas. Técnicas de intervención.

5. Incendios de interior caracterización: desarrollo, influencia del combustible, influencia del recinto, riesgos del trabajo en incendios de interior, influencia de la aplicación de agua, de la ventilación y de la presurización. Técnicas de intervención.

6. Los Servicios de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento en Andalucía. Nociones básicas. El Plan de lucha contra Incendios Forestales. El Consejo Andaluz del Fuego. El estatuto básico del personal funcionario de los Servicios de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento.

7. Métodos de extinción: enfriamiento, sofocación, inhibición, desalimentación, dilución.

8. Teoría del fuego. Triángulo y tetraedro del fuego. Productos de la combustión. Peligrosidad de un combustible respecto a su posible ignición. Otros factores que influyen en la combustibilidad. Combustibles. Mecanismos de transmisión del calor.

9. Agentes extintores. Clasificación de los fuegos. Clasificación de los agentes extintores. Agentes extintores sólidos, líquidos y gaseosos.

10. Medios de extinción. Equipos de extinción. El agua. Fuentes de abastecimiento. Mangueras. Conexiones. Lazas. Monitores. Equipos especiales. Normas de uso de mangueras. Equipos de espuma y su empleo. Extintores portátiles.

11. Vehículos de extinción de incendios y equipos auxiliares. Normativa. Conducción en emergencias. Auto bombas. Motobombas. Escaleras. Curvas características de las bombas. Aspiración. Mecanismos de cebado.

12. Construcción básica. Sistemas constructivos. Reacción al fuego. Resistencia al fuego. Incendios en edificaciones. Desarrollo del incendio en recintos cerrados. Explosiones de gases de incendio. Control flashover y backdraft. Enfriamiento de los gases del incendio. Ventilación. Instalaciones y medios de protección contra incendios en los edificios.

13. Equipos de respiración autónoma. Necesidades de protección. Elementos básicos. Peligros respiratorios. Diferentes equipos. Inspección y mantenimiento. Normas básicas de actuación.

14. Socorrismo y primeros auxilios. Fracturas. Heridas. Hemorragias. Shok. Quemaduras. Síndrome de aplastamiento. Intoxicaciones. Asfixia. Electrocuciones. Reanimación cardiopulmonar. Inmovilizaciones, movilizaciones de accidentados y traslado.

15. Descarcelación en accidentes de tráfico. Organización en los accidentes de tráfico. Estabilización con herramientas manuales. Herramientas hidráulicas. Cojines neumáticos. Maniobras básicas con herramientas hidráulicas. Autobuses. Camiones. Seguridad activa y

pasiva en los vehículos.

16. El Consorcio para la prestación del Servicio de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento de la Comarca Sierra Mágina Oriental. Ámbito territorial y Fines. Ámbito geográfico de los municipios que integran el Consorcio. Geografía física y económica de la comarca. Características geográficas y orográficas. Núcleos de población. Lugares de interés y parajes. Red viaria y tráfico. Vías de comunicación y acceso. Recursos hídricos.

17. Factores climatológicos relacionados con las emergencias en la zona de actuación del Servicio de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento de la comarca Sierra Mágina Oriental y los municipios que la integran. Pluviometría. Temperatura. Régimen de vientos. Humedad. Riesgos naturales que afectan a la comarca. Riesgo hidrológico y sísmico. Otros riesgos. 18. Electricidad. Introducción y conceptos generales. Magnitudes eléctricas. Tipos de instalaciones eléctricas. Efectos de la electricidad sobre el cuerpo humano. Intervenciones con riesgo eléctrico. 19. Mercancías peligrosas. Legislación e identificación de MMPP. Clasificación y tipos de materias peligrosas. Identificación del riesgo y materia. Principios básicos de actuación con mercancías peligrosas involucradas. Niveles de protección. 20. Radiocomunicaciones. Ondas electromagnéticas. Estaciones radiotransmisoras. Aparatos transmisores-receptores. Modos de transmisión. Sistemas de radiocomunicaciones móviles. Lenguaje radiofónico. Sistema de posicionamiento global (GPS). 21. Equipos de detección y medición. Concepto. Exploximetros. Detectores de gases. Termógrafos. Medidores de radiactividad. Geofonos. Equipos de señalización. Equipos tapafugas. 22. Rescate en altura. Material, cuerdas, arneses, mosquetones, tripodes etc. Técnicas de rescate. Fuerza choque. Factor de caída. Progresión por cuerdas. Nudos. 23. Características, uso y manejo, medidas de seguridad de: motosierra, amoladora (sierra de disco), sierra de sable, equipos de arrastre. 24. Rescate acuático. Respuesta en cauces de agua e inundaciones. Técnicas de rescate. Materiales, equipos y embarcaciones para rescate. 25. Vehículos híbridos, eléctricos, propulsados con GLP, GNL, GNC, HIDROGENO, etc. Características e identificación. Actuación de los bomberos en accidentes e incendios (normas, procedimientos). 26. Características, uso, manejo de vehículos 4x4 y todo terreno en emergencias. Conducción off road. Transmisiones, bloqueos, vadeo, snorkel. Ángulos de trabajo. 27. Búsqueda y rescate de personas en áreas forestales y montañosas. Tipología. Factores que influyen. Área de búsqueda. Orientación y navegación. Materiales y equipos. 28. Lucha contra incendios forestales: Tipos según superficie afectada y según estrato. Combustibles forestales. Factores que intervienen en la propagación. Protocolos de seguridad. 29. Gases combustibles: Propiedades generales. Familia de gases. Gas natural. Transporte y distribución. Instalaciones de gas natural en edificios. Los gases licuados del petróleo.

30.Rescate en ascensores: Caracterización. Tipos de ascensores, partes comunes de un ascensor, reglamento de aparatos de elevación y manutención. Técnicas de intervención: rescate en ascensores. Valoración y tácticas de intervención: causas principales de intervención en ascensores, uso del ascensor como medida de evacuación en caso de incendios, procedimiento táctico al realizar una intervención en un ascensor. 31. Detección de incendios. Sistemas de detección de incendios. Características generales de una instalación automática de detección. Componentes de una instalación automática de detección de incendios. 32. Electricidad: La corriente eléctrica, voltaje, intensidad y resistencia. Ley de Ohm. Efectos térmicos de la electricidad. Corriente contínua. Corriente alterna. Riesgos y protección en las actuaciones de bomberos. Anexo II Consorcio para la Prestación del Servicio de prevención y Extinción de Incendios y Salvamento de la comarca Sierra Mágina Oriental. Selección de 16 plazas de Bomberos Contenido y desarrollo de los ejercicios correspondientes a la prueba de aptitud física: Pruebas Físicas. 1.ª. Carrera de velocidad. 200 m. lisos. El/la opositor/a se situará en el punto de partida, a la voz de “Listos - Ya”, recorrer una distancia de 200 metros sin salirse de la calle correspondiente. El aspirante podrá adoptar la posición que desee para tomar la salida. No se dispondrá de tacos de salida ni se permitirá el uso de zapatillas de clavos. Será motivo de descalificación el cometer dos salidas falsas. Se calificará conforme a los tiempos establecidos en la tabla adjunta para esta prueba.

2ª. Carrera de resistencia. 1.000 m. lisos. - La/el aspirante se sitúa en posición de salida, detrás y frente a la línea marcada, sin pisar ésta. Al oír la señal establecida comienza a correr hasta alcanzar la línea de llegada. Se calificará conforme a lo establecido en la tabla adjunta para esta prueba.

3ª. Potencia de tren superior. Flexión de brazos. (Dominadas). Desde la posición de suspensión pura con palmas al frente en la barra, brazos totalmente extendidos, se realizarán flexiones de manera que la barbilla asome por encima de la barra y al bajar extendiendo totalmente los brazos, sin que se permita el balanceo del cuerpo o ayuda con movimiento de piernas. Se calificará según la tabla adjunta.

4ª. Trepa de cuerda. Partiendo de la posición de sentado, trepar, sin presa, por una cuerda lisa, hasta tocar con las manos el enganche o soporte de la misma, situada a una altura de 5 metros, contados desde el suelo en los tiempos establecidos en la tabla adjunta. La coordinación y potencia de brazos se puntuará igualmente, según el baremo establecido en la tabla adjunta.

5ª. Press de Banca. (Horizontal). Se realizará en gimnasio o campo de deportes. La/el aspirante se colocará tumbado boca arriba sobre un banco horizontal para realizar una única repetición de un levantamiento de una barra a la que previamente se le habrá colocado el peso según se especifica en la tabla adjunta para esta prueba. Flexionando los brazos hacia el pecho y tocándolo con la barra y realizando la extensión completa de éstos, para dejar la barra con el correspondiente peso en la zona de sujeción. Se calificará de apto o no apto de esta prueba.

6ª. Natación. Nadar al estilo libre 100 metros en los tiempos y con las puntuaciones establecidas en la tabla adjunta.

7ª. Salvamento acuático. Nadar el estilo libre 25 metros, rescatando por inmersión a los 12,5 metros de longitud un maniquí sumergido, arrastrándolo los 12,5 metros restantes, en todo momento con la cabeza del maniquí por encima de la superficie, todo ello en los tiempos y con las puntuaciones establecidas en la tabla adjunta. Tabla de calificaciones de la prueba física.

Tabla con la baremación de las pruebas físicas

Tabla con la baremación de las pruebas físicas / Diputación Provincial Jaén

Tabla con la baremación de las pruebas físicas

Tabla con la baremación de las pruebas físicas / Diputación Provincial Jaén

- Los aspirantes cuyas marcas resulten comprendidas entre el 5 y el 10 obtendrán la nota correspondiente a la que resulte del reparto proporcional de la marca obtenida.

Tabla n º 2 con la baremación de las pruebas físicas

Tabla n º 2 con la baremación de las pruebas físicas / Diputación Provincial Jaén

Tabla n º 2 con la baremación de las pruebas físicas

Tabla n º 2 con la baremación de las pruebas físicas / Diputación Provincial Jaén

La calificación final de la prueba de aptitud física será la suma de las puntuaciones obtenidas en cada una de las pruebas, siempre que se hayan superado las marcas mínimas fijadas en la tabla expuesta en al menos seis de las siete pruebas propuestas, dividida entre el número total de pruebas (7). En caso de no superar las marcas mínimas en al menos seis de las siete pruebas supondrá la eliminación del procedimiento selectivo. Las escalas se aplicarán teniendo en cuenta la edad de las/os aspirantes el día de celebración de las pruebas.

Anexo III Consorcio para la Prestación del Servicio de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento de la comarca Sierra Mágina Oriental. Selección de 16 plazas de Bomberos Cuadro de exclusiones médicas: Examen Médico (4ª Prueba). Exigencias de aptitud física. Requisitos: Peso El índice de Masa Corporal (IMC) no podrá ser inferior a 20´00 ni superior a 28´00. Dinamometría: Hombres ≥ 50 kg. Fuerza en mano dominante y 45 en la otra.

Mujeres ≥ 40 kg. Fuerza en mano dominante y 35 en la otra. Espirometría forzada: • Capacidad Vital Forzada: ≥80% del calculado según edad, talla y sexo. • Flujo Volumen Espirado primer segundo (FEV1/FVC) ≥80% de la FVC obtenida. • Índice de Tiffeneau: (FEV1/FVC) ≥70% • Flujo Espiratorio Pico (PEF) ≥80%. • FEV 25-75% ≥ 60%. Agudeza visual: Sin corrección óptica deberá ser posible una agudeza visual no inferior a dos tercios en el peor de los ojos. Visión esteroscópica: Será igual o inferior a 800´´ de arco. Agudeza auditiva: • Índice ELI: se exigirá índice A, B ó C. • Índice SAL: se exigirá índice A ó B. • Pérdida Global de Audición: la pérdida monoaural de audición no sobrepasará el 10%. En cualquier caso la pérdida auditiva no podrá ser ≥ de 35 decibelios en las frecuencias de 1000/3000 hertzios ni alcanzará los 45 decibelios a 400 hertzios. En las frecuencias conversacionales la agudeza auditiva estará por debajo de los 30 decibelios. Cuadro de exclusiones: Se considerará no aptas para el trabajo de bombera/o aquellas personas afectas de procesos infecciosos neoplásicos, degenerativos, traumáticos, metabólicos, congénitos o de cualquier naturaleza que ocasionen alteraciones significativas el estado físico, funcional o psíquico, de carácter irreversible y que condicione la evolución del proceso a cualquiera de las siguientes situaciones: 1.- Pérdida de la capacidad laboral para la realización de las tareas propias del puesto de trabajo. 2.- Deterioro del proceso patológico debido a la actividad laboral. 3.- Sea causa de riesgo significativo para la seguridad de las personas. Aparato digestivo: • Alteraciones de la pared abdominal incompatibles con el ejercicio físico (hernias, eventraciones.) • Hepatitis crónica de carácter agresivo. • Otras hepatopatías inflamatorias degenerativas o por depósito, agudas o crónicas que causen algún grado de insuficiencia hepática o bien que contraindiquen la actividad física en intensidad moderada o alta. • Procesos que originen obstrucción, estenosis, hemorragias reiterativas o que provoque limitación en los horarios. Respiratorio: • Son excluyentes las enfermedades causantes de disnea paroxística o no, hemoptisis o de alguna alteración de la normal oxigenación sanguínea. También lo son aquellas enfermedades pulmonares obstructivas crónicas que precisen de tratamiento farmacológico para la normalización de la función ventilatoria pulmonar. • Son excluyentes aquellos procesos crónicos o subagudos que susceptibles de ser agravados por las normales condiciones de trabajo. Cardiovascular: • Enfermedades orgánicas, congénitas o adquiridas, de corazón o grandes vasos, corregidas o no. • Trastornos del ritmo o de la conducción cardiaca, excepto la arritmia sinusal, extrasístoles aisladas no patológicas, bloque de rama derecha, hemibloqueo de rama izquierda, bloqueo auriculoventricular de primer grado y bradicardia sinual asintomática. • Trastornos de la circulación coronaria, incluyendo cualquier tipo de necrosis, lesión o isquemia de miocardio. • Anormalidad eléctrica, clínica o de cualquier otro tipo patológico en los test de ergometría cardiovascular. • Insuficiencia cardiaca, primaria o secundaria, en cualquier grado. • Hipertensión arterial de cualquier causa, no debiendo sobrepasar de 145 mmHg la sistólica y de 90 mmHg la diastólica. • Patología isquémica periférica causante de claudicación con el esfuerzo físico. • Síndromes venovaricosos periféricos o insuficiencia venosa periférica. Sistema hematopoyético Serán causa de exclusión los trastornos de la coagulación anemias y síndromes mieloproliferativos. Aparato locomotor: Su estado funcional y anatómico deberá estar exento de cualquier alteración, congénita o adquirida, que limite la movilidad normal de miembros y articulaciones o dificulte la estática o marcha. En todo caso serán excluyentes: • Artritis, artrosis y condromalacia. • Discopatías. • Canal medular estrecho. • Artrodesis y laminectomias. • Espondiolisis completa uni o bilateral. • Espondiolistesis. • Escoliosis con valor angular ≥18º. • Dismetría de miembros inferiores superiores a 15mm. • Pie cavo igual o superior a 2º o que presente manifestaciones clínicas objetivas. • Pie plano de segundo grado o superior. • Hallux valgus, dedo en martillo u otras lesiones podológicas que dificulten la marcha, bipedestación estática o el normal uso del calzado reglamentario. • Comprensión neurológica en canales osteoligamenosos. • Lesiones que dificulten la formación de la pinza manual o de la normal aprehensión de las manos. • Retracción palmar. • Síndromes cervicocefálicos. • Pérdida de la movilidad en cualquiera de las articulaciones corporales que, representando un menoscabo valorable en la misma, influya en la realización normal de las tareas propias de Bombero/a. Sistema nervioso: Serán causa de exclusión los procesos que dificulten o mermen la movilidad o fuerza muscular o ambas, así como los que alteren las funciones de relación. • Epilepsia en cualquiera de sus formas. • Anosmia y demás alteraciones de la olfacción. • Trastornos de las funciones cerebrales superiores. • Trastornos de la conducta que alteren la capacidad para realizar el trabajo o que dificulten ostensiblemente la convivencia social que este exige. • Alcoholismos y otras toxicomanías. • Trastornos del equilibrio o de la coordinación motora. • Existencia de movimientos involuntarios anormales (temblor, espasmos, distonías…) • Disartria, disfonía recidivante y otras alteraciones que dificulten notoriamente la emisión de palabras. • Patologías neurológicas o psiquiátricas que precisen de tratamiento farmacológico mantenido con reconocida capacidad para disminuir las normales capacidades. Aparato visual: Además de los requisitos mínimos en cuanto a agudeza visual es preciso no padecer o presentar. • Presión intraocular elevada. • Queratotomía radial. • Desprendimiento de retina. • Estrabismo. • Reducción del campo visual en cualquiera de las direcciones superior al 10% del normal. • Hemeralopia. • Baja resistencia al deslumbramiento. • Discromatopsias (protanopia, deuteranopia, monocromatismo). • Otras lesiones de párpados, conjuntiva, glándulas o córnea que mermen la normal funcionalidad visual y con repercusión en el desarrollo de la actividad laboral. Dermatología: • Dermopatías infectocontagiosas y parasitarias. • Dermopatías que contraindiquen o dificulte el correcto uso de las protecciones reglamentarias. • Psoriasis, eczemas, cicatrices, liquenificaciones, pénfigos, dermatitis alérgicas y otras dermopatías extensas que dificulten o limiten el desarrollo de las funciones de Bombero/a. Urogenital: • Son excluyentes la incontinencia de orina, retención, vejiga neurógena, prolapsos, desviaciones urinarias y demás alteraciones del sistema genitourinario que signifiquen incapacidad valorable. • Son excluyentes las nefropatías que cursen con insuficiencia renal en cualquier grado o contraindiquen actividad física. Otros procesos patológicos: • Diabetes, enfermedades transmisibles en actividad, enfermedades inmunológicas sistémicas. Intoxicaciones crónicas, hemopatías graves, psicosis y cualquier otro proceso patológico que limiten o incapaciten para el ejercicio del trabajo. • Son excluyentes la existencia, reconocida o no, de deficiencia psicofísica por enfermedad, defecto, trasplante o accidente. Parámetros analíticos. Las anomalías analíticas que no respondan de patología anteriormente citada se considerarán excluyentes cuando la desviación de los valores medios sea de nivel moderado o intenso.

 

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