Sociedad

La Justicia exime a un cordobés de devolver 19.000 euros de la prestación por desempleo al SEPE

La sentencia achaca el error al organismo público, que tardó cuatro años en reaccionar

Sede de la Ciudad de la Justicia en Córdoba / Cadena SER

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Córdoba

La jurisprudencia europea vuelve a jugarle una mala pasada al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) en los tribunales de Córdoba. El organismo no ha conseguido que prospere su demanda para que un hombre tuviera que devolver los 19.446 euros que se le reclamaban por, supuestamente, haber cobrado una prestación de forma indebida.

El SEPE consideraba incompatible la concesión de su ayuda para mayores de 52 años —de 14,43 euros diarios por 3.073 días— con la percepción de una prestación por incapacidad permanente total, que el demandado venía recibiendo cuando le fue aceptado el cobro del paro. Así que cuando el ente conoció que ambas ayudas estaban coincidiendo, decidió acudir a los juzgados para reclamar la devolución de lo cobrado.

La sentencia, a la que ha accedido la Cadena SER, se fundamenta en la doctrina marcada por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos en el caso Ilinka Čakarević contra Croacia. En el mismo, se dictó que los errores de una administración pública a la hora de conceder una ayuda no pueden ser imputables al perceptor de la misma cuando no ha existido ningún tipo de engaño o mala fe. Y esta es la premisa tomada por el Juzgado de lo Social número 3 de Córdoba respecto a una prestación por desempleo concedida entre los años 2020 y 2024, pues la han asumido como propia tanto el Tribunal Supremo como el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

El juzgado tiene en cuenta que "el requerimiento de reembolsar el importe de las prestaciones por desempleo abonadas por error supone una carga individual excesiva para los demandados", sin que hubieran ellos contribuido a percibir esas cantidades a través de alegaciones falsas o actuando de forma contraria a la buena fe. Así, la sentencia pone de relieve que "el demandado no ocultó en ningún momento estar siendo perceptor de una prestación y confiaba legítimamente en que esa ayuda le correspondía".

Consultado por Radio Córdoba, el letrado que ha representado al demandado, Alberto López (Exculpa Abogados) pone de relieve que "el magistrado ha destacado además que el SEPE ha tardado cuatro años en darse cuenta del error, incluso cuando nuestro defendido había presentado declaraciones de la renta en los años 2021 y 2022 sin que se le hubiera reclamado nada".

Y este punto es clave, pues atendiendo a la resolución judicial "la tardanza en respuesta de la entidad gestora ha provocado una desproporcionalidad entre el importe que se reclama y las posibilidades reales que tiene el trabajador de devolverlo, vistos los ingresos actuales que tiene". De hecho, el demandado tiene reconocido un grado de incapacidad permanente que lo deja en una "situación de vulnerabilidad económica", reza la sentencia.

No es la primera ocasión en la que los tribunales de Córdoba toman como referencia la sentencia del caso Čakarević. Recientemente, el juzgado de lo Social número 4 también eximió a otra ciudadana de la devolución de más de 18.000 euros al SEPE.

Álvaro Guerrero Jiménez

Álvaro Guerrero Jiménez

Redactor y editor en los servicios informativos de la Cadena SER en Córdoba. Previamente ha trabajado...

 
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