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Banco Santander deberá indemnizar a Salva Ballesta por una estafa de un tercero

El fraude se realizó a través del Banco de Andalucía, que entregó un cheque al estafador sin autorización del jugador

Salva Ballesta en su estreno como técnico del UCAM / UCAM Murcia CF

Salva Ballesta en su estreno como técnico del UCAM

Málaga

El Tribunal Supremo (TS) ha condenado al Banco Santander a indemnizar con 210.000 euros al exfutbolista Salva Ballesta como responsable civil subsidiario de la estafa sufrida por el jugador, que accedió a participar en la adquisición de una serie de viviendas inacabadas en Mijas que finalmente resultó ser un "negocio imaginario" diseñado por una persona de su confianza. En una sentencia, a la que ha tenido acceso la SER, la Sala de lo Penal estima parcialmente el recurso de casación del que fuera jugador, entre otros, del Atlético de Madrid. En concreto, el alto tribunal condena al Banco Santander como "sucesor del Banco Popular" a indemnizar a Ballesta "en defecto del condenado criminalmente" por la estafa.

Ese hombre, en concreto, es Miguel Francisco Quero, que conoció a Ballesta en 2008, cuando éste último militaba en las filas del Málaga y a raíz de una actividad de aviación. Así consta en la sentencia por la que la Audiencia Provincial de Málaga condenó a este hombre a tres años de cárcel por un delito de estafa agravada y a indemnizarle con 210.000 euros.

Hora 14 Málaga (31/10/2024)

13:46

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Quero se hizo pasar por "un abogado, asesor de inversiones, con capacidad económica, generando la apariencia de persona solvente y preparada en el mundo de la economía financiera, apariencia que no respondía a la realidad". Entre ambos se generó "una relación de amistad", creyendo Ballesta que este hombre "era quién decía ser".

Dentro de esa relación, y "con intención de obtener un beneficio ilícito", Quero "ofreció a Ballesta participar en un negocio consistente en la adquisición de una serie de viviendas inacabadas que se encontraban en un campo de golf de Mijas, que podían adquirirse del Banco de Andalucía, que iba a ejecutar los créditos hipotecarios que en su favor tenía sobre las viviendas, prometiéndole un beneficio superior 250.000 euros, tratándose de un negocio imaginario e inexistente dirigido únicamente a conseguir el dinero" del futbolista.

EL CHEQUE

"Para participar en esta inversión Quero Estévez solicitó de Salvador Ballesta la entrega de 210.000 euros que según él quedarían seguros como depósito en una cuenta de la oficina principal del Banco de Andalucía en la calle Larios de esta ciudad", recogía el fallo de instancia.

Posteriormente, como únicamente podía disponer del dinero Ballesta, Quero "le solicitó que únicamente como garantía para que los inversores (ficticios) supieran que el dinero para hacer frente a la inversión existía, debía el primero confeccionar un cheque en favor de Otium Properties SL que se haría efectivo en el momento en que fuera necesaria la inversión efectiva".

"Sin embargo Quero por sí mismo o por un tercero ingresó el cheque en una cuenta en la que se cobraron los 210.000 euros que a su vez fueron traspasados a una cuenta en el extranjero de un tercero con quien Quero tenía cuentas anteriores", apuntaba el fallo por el que fue condenado.

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Pasado el tiempo "y ante la falta de noticias Ballesta interpeló a Quero". Este le insistió "en las bondades de la inversión y, con el fin de mantener a este en el engaño, le entregó un pagaré por importe de 210.000 euros como garantía de su inversión de forma" que si en fechas próximas "no había finalizado el negocio podría resarcirse". Sin embargo, "el pagaré carecía de fondos y Quero se quedó con el dinero de Ballesta".

Cabe destacar que el Banco Santander ha resultado finalmente condenado en tanto que el Banco de Andalucía fue absorbido por el Banco Popular que, a su vez, fue adquirido por la entidad que hoy preside Ana Patricia Botín.

Fue precisamente el Banco de Andalucía donde Ballesta dejó depositado el cheque por valor de 210.000 euros. La entidad, según el fallo, facilitó la salida del mismo "sin recibo autorizado" del futbolista. "De haberse entregado al cliente, tenía la entidad bancaria la obligación de aportar justificante de esa entrega", indica el Supremo, que añade que esto posibilitó la defraudación de que fue objeto Ballesta.

 
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