Tribunales

La Audiencia condena a más de 23 años de cárcel al acusado del crimen de Brenes

Se trata del que fue testigo número 1 del Caso Arny

Archivo - Detalle de la fachada principal de la Audiencia Provincial de Sevilla - Joaquin Corchero - Europa Press - Archivo

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Sevilla

La Audiencia de Sevilla ha condenado a 23 años y medio de cárcel a José Antonio Sánchez Barriga, quien como adolescente fuese testigo número uno del caso Arny, por matar a un hombre e intentar acabar con la vida de otras dos personas -otro varón y la pareja del fallecido- en la localidad de Brenes en febrero de 2021.

El jurado consideró probado en su veredicto que el fallecido encargó al acusado, al que conocía por coincidir en prisión, la realización de unos trabajos de limpieza en la azotea de un inmueble de Brenes propiedad de unas de las dos personas que resultaron lesionadas, habiendo finalizado dichos trabajos el 4 de febrero de 2021.

Así, y sobre las 20,30 horas del día 5 de febrero, el condenado se dirigió a dicha vivienda y subió a la parte superior de la misma, donde se hallaban viendo la televisión las tres víctimas, "iniciándose una discusión entre todos ellos por motivos económicos y relacionados con las drogas"; en el curso de la cual el acusado, "utilizando un calabozo, herramienta similar a un hacha que se utiliza para podar, con intención de causarle la muerte, golpeó" al fallecido en el cuello, a la altura de la yugular, todo ello "a la par que le requería el dinero que habían cobrado, así como la droga que tuvieran".

MÁS VIOLENCIA

A consecuencia de lo anterior, el finado se apoyó en una cama boca abajo y de rodillas sobre los brazos, momento en el que el condenado le dio una serie de golpes en la cabeza con el calabozo, recoge la sentencia, que añade que, en ese momento, la pareja de este varón trató de impedir que continuara la agresión, pero el acusado, "con ánimo de causarle la muerte, le propinó un golpe con el calabozo en la cabeza, le rompió una copa de cristal en la testa, y le propinó un segundo hachazo en la cabeza para, a continuación, registrarle el bolso y tirárselo a la cara".

Según la sentencia, el investigado se dirigió al tercero de los agredidos y, "con intención de matarlo, le propinó un hachazo en la cabeza con el calabozo, marchándose a continuación del inmueble" y dejando allí al varón fallecido en el suelo y a las otras dos personas malheridas. En su huida, el encausado se deshizo del arma homicida y la escondió en el hueco existente entre el escalón y la puerta de la vivienda contigua.

En su veredicto, el jurado consideró probado que el acusado se encuentra afectado por rasgos anómalos de personalidad y un trastorno mixto de personalidad, antisocial y narcisista, a lo que se une un consumo de drogas continuado de muchos años con épocas de abstinencia relacionadas con su estancia en prisión, aunque la trayectoria de consumo de sustancias estupefacientes "no condicionó la perpetración de los hechos".

En concepto de responsabilidad civil, deberá indemnizar con un total de 143.500 euros a la familia de la víctima y a las dos personas lesionadas. La agravante de reincidencia se aplica porque el acusado ya fue condenado a 15 años de cárcel por un delito de asesinato por sentencia firme de 29 de diciembre de 2005 dictada por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Sevilla.

 
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