Los militares encausados y la familia de una de las víctimas del Caso Cerro Muriano recurren el auto de procesamiento del Tribunal Militar Central
Córdoba
El Tribunal Militar Central tiene sobre la mesa siete recursos contra el auto de procesamiento dictado por el titular del Juzgado Togado Central número 2 de Madrid, en el que se proponía el procesamiento de seis militares, tres de ellos aforados, por la muerte de un cabo y un soldado en un ejercicio de instrucción en Cerro Muriano, el 21 de diciembre de 2023.
El plazo para la presentación de recursos concluyó el viernes y ahora se está llevando a cabo la fase de admisión de los documentos, que ahora tendrá que estudiar el Tribunal Militar Central para llevar a cabo su pronunciamiento.
Recurren todos los encausados; el capitán, el teniente, el sargento que instaló la cuerda para el cruce del lago, los tres militares de la cadena de mando por encima del capitán: el coronel, el teniente coronel y un comandante.
La familia y la viuda del cabo fallecido no ha presentado recurso al estimar que el auto de procesamiento del Togado Central número 2, está en línea con los argumentos defendidos por ambos letrados.
Peticiones de la familia del soldado fallecido y de los militares encausados
En los escritos los que ha tenido acceso Radio Córdoba, la familia del soldado recurre parte del auto para pedir el procesamiento del General que ejercía el mando de la Brigada Guzmán X de Cerro Muriano, cuando ocurrieron los hechos.
El abogado que representa a la familia, Luis Romero, considera que que "existen indicios de responsabilidad penal de sus actuaciones, ya que al ser el máximo responsable de la Brigada, debió haber supervisado y controlado que se contaban con las medidas de seguridad adecuadas para realizar la maniobra". En su escrito de recurso, Romero entiende que la actuación del General, entraría dentro del artículo que castiga el "incumplimiento de los deberes inherentes al cargo", y por eso piden al Togado que lo incorpore como procesado a la causa.
Así mismo la familia del soldado fallecido, vuelve a reclamar que se considere la figura de "homicidio doloso" tanto para el capitán, como para el teniente.
Los abogados de los militares encausados defienden su actuación
El abogado que ejerce la defensa del capitán, Francisco Muñoz Usano, ha pedido el archivo del caso al considerar que el capitán actuó correctamente, que tomó medidas suficientes para garantizar la seguridad, más incluso de las que estaban inicialmente establecidas, y que resto de mandos actuaron correctamente.
Los abogados de los militares defienden la correcta actuación de sus clientes y consideran "sesgado" el auto del togado al entender que se reitera en la acusación a pesar de los testimonios exculpatorios de parte de los testigos que han sido llamados a declarar durante el proceso de diligencias previas.
Coinciden en esto los abogados del capitán y el del teniente. El letrado que defiende al teniente, el abogado sevillano, Javier Gimeno Puche, señala que "el relato de hechos que contiene el auto, es incompleto por no decir subjetivo, ya que omite de manera deliberada una serie diligencias de investigación".
La defensa del teniente considera que no hubo imprudencia grave sino "un desgraciado y no deseado accidente"
Cree Gimeno que "existen declaraciones prestadas por testigos y peritos que no son tenidas en cuenta, ni rebatidas con argumentos en contra, y que afectan de forma notable a los hecho, ya que a su juicio "podrían influir notablemente en la calificación jurídica de los hechos, tanto que podrían llegar a la exclusión de cualquier tipo de culpa en las personas procesadas o incluso su rebaja en cuanto a la gravedad de los delitos que se imputan".
De ahí que el abogado pida que se exculpe de responsabilidad al teniente, al considerar que "no existen hechos que puedan ser considerados como imprudencia grave, y sí un desgraciado y no deseado accidente o caso fortuito".
El abogado mantiene que la mina que los soldados de la primera sección llevaban en la mochila, no era un castigo, que ese peso no influyó en la flotabilidad de la mochila, ni en los ahogamientos, puesto que el cabo no llevaba mina en su mochila".
En su escrito el letrado destaca que "el teniente se limitó a cumplir las órdenes dadas por el capitán, que a su vez estaban autorizadas por la cadena de mando, a enseñar cómo se tenía que llevar a cabo el ejercicio, y a rescatar del agua a varios soldados que se vieron afectados por le frío".
La abogada del coronel sostiene que "no hay indicios racionales de criminalidad en la actuación de su cliente."
La letrada advierte de que "hay que ser extremadamente cauteloso al momento de imputar un posible delito, máxime hablando de un Coronel con una impecable hoja de servicios, porque las consecuencias perjudiciales de someterlo a un juicio son de imposible reparación, con grave daño, al estimar que aunque hubiera una sentencia absolutoria se le causaría un daño irreparable a su carrera militar".
A juicio de la abogada, "no cabe imputar delito contra los deberes del mando al coronel, porque el mando a quien le correspondía la aprobación era el mando anterior, no el entrante".
En su escrito la abogada señala que "el coronel nunca supo antes del 21 de diciembre ni que el ejercicio se iba a realizar ese día, ni que se iba a hacer por zona donde no se hace pie, ni tampoco si es que, presuntamente, no se fuera a ejecutar con las suficientes medidas de seguridad", (unos asuntos que ya deberían haberse tratado con anterior coronel y con el comandante jefe de la plana mayor) con lo que la letrada pide su exculpación.
Según fuentes consultadas por la SER el togado podría pedir nuevas diligencias, entre tanto se resuelven los recursos presentados por las partes y se produce el pronunciamiento del Tribunal Militar Central.
María Eugenia Vílchez
Me mueven las causas justas. Me gusta contar historias y dar voz a personas que normalmente no la tienen...