Finalmente Jacinto Viedma, del PSOE de Jaén, no será llamado a declarar como investigado por su condición de aforado en la Operación 'Pandilla'
Eso sí, el responsable del Juzgado de Instrucción número 1 de Jaén ha emitido un acto en el que se ratifica en su decisión de citar a declarar como investigados al exalcalde de Jaén, Julio Millán (PSOE) y a la concejal socialista y diputada provincial África Colomo
Jaén
El responsable del Juzgado de Instrucción número 1 de Jaén ha emitido un acto en el que se ratifica en su decisión de citar a declarar como investigados al exalcalde de Jaén, Julio Millán (PSOE) y a la concejal socialista y diputada provincial África Colomo, mientras que deja sin efecto la citación del secretario de Organización del PSOE-A y parlamentario andaluz, Jacinto Viedma, por su condición de aforado. De esta forma, Viedma no tendrá que prestar declaración el próximo 17 de mayo, pero sí lo tendrán que hacer Millán y Colomo. De hecho, el juez señala en un auto al que ha tenido acceso Europa Press, que por el momento la deja sin efecto y la condicionada a lo que declaren previamente Millán y Colomo. Tanto Millán como Colomo y Viedma habían sido citados a declarar en calidad de investigados como presuntos autores de un delito de denuncia falsa. En concreto, la citación se refiere a la denuncia interpuesta por el PSOE la noche antes de las últimas elecciones municipales por una supuesta compra de votos en la que se apuntaba a los entonces concejales del PP Antonio Losa y Manuel Palomares.
A través de un auto, el juez incide en que la pregunta que hay que contestar es: "¿Supo en algún momento Julio Millán Muñoz que dichos pantallazos eran falsos?", en alusión a los mensajes de Whatsapp que sirvieron de base para la denuncia que interpuso el PSOE el día antes de las elecciones y en la que se apuntaba a dos concejales del PP como supuestos compradores de votos. El juez señala que el artículo 456 del Código Penal "castiga a los que con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad, imputaren a alguna persona hechos que, de ser ciertos, constituirían infracción penal, si esta imputación se hiciera ante funcionario judicial o administrativo que tenga el deber de proceder a su averiguación". Añade que hubo un responsable de un medio de comunicación local que "advirtió a Julio sobre la posibilidad de que los pantallazos fueran falsos", por lo que, según el juez "no es descartable que Julio Millán Muñoz actuara con temerario desprecio hacia la verdad".
Continúa el auto apuntando que "para una correcta y completa instrucción de la causa es necesario preguntar a Julio Millán Muñoz si de alguna manera comprobó la veracidad de los mensajes que le habían remitido". Subraya que "esa pregunta, que podría acabar resultando incriminatoria para el citado Señor Millán Muñoz, no puede hacérsele en calidad de testigo" ya que "se le colocaría en una clara situación de indefensión porque estaría obligado a decir verdad en relación con las preguntas que se le efectúen y esas respuestas podrían ser auto incriminatorias". Sobre África Colomo manifesta el juez que fue la persona que recibió los pantallazos de parte de Julio Millán y se los trasladó a su vez a Jacinto Viedma, que fue el que finalmente interpuso la denuncia.
El juez indica que la citación a declarar como investigada es para averiguar que le dijo Millán "al trasladarle los pantallazos y que pudo saber ésta del origen y veracidad de los mismos". En lo que respecta a Jacinto Viedma, el juez tiene en cuenta, tal y como quedaba reflejado en el recurso interpuesto por el PSOE, que éste tiene la condición de aforado por ser parlamentario andaluz por lo que el órgano competente para tomarle declaración es el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA). Es por ello por lo que deja sin efecto lo que dispone la providencia de 8 de abril de 2024 en relación con Jacinto Viedma, "sin perjuicio de lo que proceda acordar en relación con el mismo y con una posible remisión de la causa al TSJA atendiendo al resultado de las declaraciones de Julio Millán y África Colomo".
Antecedentes
El Juzgado de Instrucción número 1 de Jaén decidió en noviembre de 2023 el archivo de la denuncia original interpuesta por el PSOE en vísperas de las municipales. Lo hizo en un auto en el que no se pronunciaba sobre la derivación que tuvo esta denuncia y que se corresponde con la detención de dos vecinos de Jaén por un presunto montaje sobre esa supuesta compra de votos. En ese contexto, la acusación particular ejercida por Antonio Losa y Manuel Palomares solicitó al juzgado la práctica de varias diligencias, entre las que planteaban la citación como investigado de Julio Millán. Fue el pasado mes de enero cuando el mismo juzgado que ahora lo cita a declarar como investigado rechazó su citación a declarar por el presunto montaje por compra de votos en las pasadas municipales. Lo hizo también en un auto ante diversas diligencias que había planteado la acusación particular ejercida por el concejal y diputado provincial del PP Antonio Losa y el ya exedil Manuel Palomares.
Tres meses después y tras un recurso de reforma planteado ante el mismo juzgado pero ahora resuelto por el nuevo juez que se ha puesto al frente del juzgado, el pasado 8 de abril se dictaba una providencia en la que se citaba a declarar a los tres dirigentes socialistas en calidad de investigados. El PSOE recurrió dicha providencia y ahora el juez se ratifica en mantener la citación a declarar como investigados de Millán y Colomo, mientras que la de Viedma queda en suspenso por su condición de aforado.
Sigue el canal de la SER en WhatsApp
Encontrarás toda la información, el deporte y el entretenimiento: la actualidad del día y las noticias de última hora, los mejores vídeos y momentos de la radio, entrevistas, reportajes y mucho más.