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Lo que debe saber si tiene un bar o restaurante en Málaga para evitar reclamaciones ante Consumo

Alerta en Málaga sobre los fraudes en el alquiler turístico: "Hay que desconfiar de los precios bajos"

"Hay que desconfiar de los precios bajos" M Lafuente OCU Málaga

"Hay que desconfiar de los precios bajos" M Lafuente OCU Málaga

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Málaga

La Junta de Andalucía ha recordado hoy a los establecimientos de restauración de la provincia de Málaga una serie de prácticas ilegales que podrían ser objeto de reclamación o de denuncia, y que están relacionadas con la carta, los precios, las propinas, las reservas, la factura o la forma de pago.

Entre ellas, "muchas tienen que ver con la información que se ofrece a través de la carta. No se puede ofrecer información de la carta únicamente a través de códigos QR. No todas las personas cuentan con un teléfono inteligente o dispositivo que pueda leer estos códigos, por lo que este sistema debe ser considerado como complementario a las cartas de comidas y bebidas o listas de precios, así como murales, pizarras o similares, que deberán exhibir la información en castellano"

Los precios de la carta tienen que ser completos, es decir, "deben incluir los impuestos (IVA). En cuanto a los precios de los productos fuera de carta, se debe informar a las personas usuarias de manera previa, clara y visible. Es decir, no es válido informar verbalmente de los precios de los productos fuera de carta".

No se puede cobrar un extra por la reserva

Hacer mención en una carta o lista de precios a la expresión “Precio según mercado” es una práctica ilegal. Para productos de charcutería, queso u otros productos que puedan ser cortados de una pieza principal, las ofertas se deberán realizar por unidades de peso. Si se trata de moluscos o crustáceos (gambas, langostinos, coquinas, chirlas, etc.), se expondrá el precio por peso o por unidades –en este último caso, se indicará el número–.

Si se realiza una reserva por teléfono, es ilegal cobrar una cantidad suplementaria. El establecimiento sí puede solicitar una cantidad por adelantado, pero ésta deberá ser descontada del precio final que se abone.

El bar o restaurante no puede obligar a la persona usuaria a adquirir sólo agua embotellada. El establecimiento tiene que ofrecer la posibilidad de consumo de agua no envasada de forma gratuita.

Las propinas son voluntarias

Consumo recuerda a los establecimientos que dejar propina es una decisión voluntaria de la persona consumidora, nunca una obligación. Tampoco se puede aprovechar el concepto ilegal de cobro por servicio para el pago obligatorio de una propina.

También es una práctica ilegal cobrar por separado el concepto de cubierto o de servicio. La normativa dispone que los precios deben aparecer completos, y el servicio no puede considerarse un extra, sino como un servicio implícito o incluido dentro del propio servicio de restauración.

Por ley, los bares y restaurantes no pueden obligar a la persona consumidora a pagar únicamente con tarjeta. Es una infracción administrativa en materia de defensa de las personas consumidoras y usuarias negarse a aceptar el pago en efectivo. Por otro lado, los bares y restaurantes pueden excluir como método de pago la tarjeta, previa información a la clientela. En el caso de utilizar la tarjeta de crédito, es una práctica ilegal cobrar una comisión por su utilización.

Cobro de pan

Pueden establecerse precios diferentes por consumir en mesa o en terraza. De ser así, el establecimiento debe informar a la persona consumidora previamente (en la carta, lista de precios y en cualquier medio de publicidad).

De igual modo, el cobro por servicio de pan, picos y similares será legal, siempre y cuando se informe de manera previa, clara y visible, y esté incluido en la lista de precios publicitada a las personas usuarias.

Se recuerda a los establecimientos de restauración que la factura que se facilite a la persona consumidora deberá contener un desglose de todos y cada uno de productos consumidos.

Chupitos

Por último, la normativa establece que es una práctica ilegal que el establecimiento ofrezca al final de la comida un “chupito cortesía de la casa” procedente de un frasco o jarra sin etiquetar. Estas bebidas espirituosas deberán siempre presentarse y comercializarse debidamente envasadas y etiquetadas. Además, queda expresamente prohibido el trasvase o rellenado de las botellas o envases.

Fraudes en el alquiler turístico

Los fraudes en el alquiler turístico "pueden prevenirse y es recomendable realizar una serie de comprobaciones para evitarlos" explica en SER Málaga, María Lafuente, delegada en la provincia de OCU, la organización de consumidores y usuarios

Fundamental " desconfiar de anuncios en zonas muy atractivas, donde el precio del alquiler es muy bajo. Hay que comparar con otras viviendas" señala, tras sugerir que "se consulten los comentarios y opiniones de quienes hayan arrendado anteriormente la vivienda. Y por supuesto, si finalmente se decide alquilarla, hay que comprobar que se está en contacto con su verdadero arrendatario, verificar que se encuentra inscrita en el registro de Turismo de la Junta de Andalucía, y optar por dar una señal o anticipo y no entregar por adelantado el total del pago".

La nueva normativa- vigente desde hace un par de meses- "exige identificar a la empresa explotadora y un número de teléfono a disposición del consumidor las 24 horas", destaca.

En cuanto al fraude más común en Málaga en alquileres vacacionales "descubrir que lo hemos contratado no tiene nada que ver con la realidad. Y en el peor de los casos, que ni siquiera existe, como ocurrió recientemente en la localidad de Fuengirola".

 
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